HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E. NIT 891800395

HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
TEL: 7282360-7282630-7282854
http: WWW.HRM.GOV.CO
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 007 - 2015
PROCESO: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES
DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
OBJETO: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES
DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
PRESENTACIÓN
El el Hospital Regional de Moniquirá ESE invita a las personas jurídicas, figuras asociativas, uniones
Temporales o Consorcios que cumplan con los requisitos señalados en la presente Invitación, a presentar
ofertas.
Por lo anterior solicitamos elaborar la propuesta con la metodología señalada en la presente INVITACION,
con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una escogencia objetiva.
JUSTIFICACIÓN
1. Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, son fines esenciales del
Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los
principios, deberes y derechos consagrados en la constitución. Conforme lo establece el Artículo 2º de la
Constitución Política de Colombia, las Autoridades de la República están instituidas para proteger a todas
las personas residentes en Colombia en su honra vida, bienes y demás derechos y libertades y para
asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Que el Articulo 209 de
la Constitución política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
2. Conforme lo establece el Artículo 365 de la Constitución política de Colombia los Servicios Públicos son
inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos
los habitantes del Territorio Nacional. Que conforme lo establece la ley 489 de 1998 las empresas
sociales del estado tienen autonomía administrativa y financiera para la consecución de su objeto social.
3. Que conforme lo establecido en la Ley 100 de 1993, articulo 195, Las Empresas Sociales de Salud se
someterán: en materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar
las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de contratación de la administración pública. El
Numeral 6 del precitado artículo contempla que el régimen presupuestal será el que se prevea, en
función de su especialidad, en la ley orgánica de presupuesto, de forma que se adopte un régimen de
presupuestación con base en el sistema de reembolso contra prestación de servicios, en los términos
previstos en la presente ley.
4. La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la
Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud se
sujetan al régimen previsto en la Ley 100 de 1993, la Ley 344 de 1996 y en la presente ley en los
aspectos no regulados por dichas leyes y a las normas que las complementen, sustituyan o adicionen.
5. En concordancia con la normatividad vigente la presente convocatoria se rige por el derecho privado, de
acuerdo con el Artículo 365 de la Constitución Política de Colombia, ley 100 de 1993 y el decreto 1876
de 1994, por medio del cual se reglamenta parcialmente los artículos 192 y 195 de la ley 100 de 1993,
1
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en los cuales se establece que las empresas sociales del estado de las entidades territoriales podrán
desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o
privadas, o a través de operadores.
6. Que las normas que rigen la presente convocatoria son de derecho privado según lo anteriormente
expuesto en concordancia con el Acuerdo No.002 de 2014, por medio del cual se aprueba el Manual de
Contratación del HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E., el cual establece los derroteros de
contratación de nuestra entidad.
7. La Empresa Social del Estado Hospital Regional Moniquirá, fue creada por la Asamblea de Boyacá en
uso de sus facultades constitucionales y legales, mediante la Ordenanza 023 del trece (13) agosto de
1999, como una entidad Especial de carácter público, descentralizada, del orden departamental, con
personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaría de Salud de
Boyacá, cuyo objeto esencialmente el de producir y prestar servicios de salud de primero y segundo
nivel, a la población de la Provincia de Ricaurte, en virtud de lo cual se halla en el deber de contar con el
personal suficiente para desarrollar las actividades del área administrativa.
8.
Que para la efectiva prestación del servicio de salud, se requiere en la entidad los medios que garanticen
la movilidad de los automoters que pretan el trasporte asistencial, asi como de los demas automotores
que garantizan la movilidad del personal para la prestacion de otros servicioos y el cumplimiento de
progrmaas en salud publica.
9. Que resulta oportuno garantizar por intermedio de la contratacion el suminsitro de combustible y elemtos
de manteniemitno preventid¡vo de los automotores de la institucion, àra de esta forma mantener el
servicio de trasporte asistencial y los programas de salud publica que dependen del funcioanmiento del
parque automotor.
10. Que se hace necesario contar con una persona natural o jurídica que tenga la experiencia y capacidad
de satisfacer los requerimientos de aseo de las instalaciones del hospital, Que es por todo lo anterior que
el hospital regional de Moniquirá ESE requiere suscribir un contrato, cuyo objeto sea: “CONTRATAR EL
SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES DEL HOSPITAL
REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
OBJETO: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES
DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.” Según el siguiente por menor:
ITEM
1
2
3
CANTIDAD
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS,
DESCRIPCION, IDENTIFICACION ADICIONAL
Y CALIDAD MINIMA
galón
x3785 cc
1200
Gasolina Corriente según normas Colombianas
galón
x3785 cc
3500
Diesel Corriente A.C.P.M, según normas
colombianas
galón
x3785 cc
10
Aceite 15W40 Multigrado
UNIDAD
MEDIDA
DE
PRECIO
UNITARIO
PRECIO TOTAL
$ XXXX
$ XXXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
2
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4
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 15W40 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
5
galón
x3785 cc
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
6
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
7
galón
x3785 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
8
cuarto
x 940 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
9
cuarto
x 940 cc
10
Hidraulico
$ XXXX
$ XXXX
10
libra
10
Grasa Lubricante
$ XXXX
$ XXXX
11
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ XXXX
$ XXXX
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ XXXX
$ XXXX
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$ XXXX
$ XXXX
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ XXXX
$ XXXX
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ XXXX
$ XXXX
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ XXXX
$ XXXX
17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ XXXX
$ XXXX
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ XXXX
$ XXXX
19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ XXXX
$ XXXX
20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ XXXX
$ XXXX
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ XXXX
$ XXXX
22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ XXXX
$ XXXX
23
Cuerto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ XXXX
$ XXXX
24
Cuarto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ XXXX
$ XXXX
TOTAL PRECIO
$ XXXXXXX
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras;
consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el
objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del
Contrato y un año más.
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La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o
conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables
fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para
verificar que no haya sanciones inscritas.
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento
idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la
fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración,
nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente,
y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer
obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano
directo que lo faculta.
CRONOGRAMA:
Actividad
Fecha
Lugar
1. Publicación Invitación Pública
Desde las 8 Am del día Página
Web
de
26 de Marzo de 2015
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la
entidad.
2. Presentación de observaciones Hasta las 9:00 Am día 27 Oficina, secretaria de gerencia del
a la invitación publica
de Marzo de 2015.
hospital regional de Moniquirá. O al
correo
electrónico
hospitalmoniquira@yahoo.es
3. Respuesta de observaciones.
Hasta las 10:00 am día Página
Web
de
la
entidad.
27 de marzo de 2015.
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4. Fecha
límite
para
la
presentación de propuestas y
suscripción del acta de cierre.
5. Verificación
de
Requisitos
Habilitantes
técnicos,
y
propuesta
económica
y
evaluación de las ofertas y
comunicación para subsanar
documentos habilitantes
6. Publicación de la verificación
final de requisitos habilitantes.
comunicación a oferente/s
favorecidos para la firma.
7. Plazo Observaciones a la
calificacion
8. Respuesta a Oçbservaciones
calificacion; firma del contrato o
declaratoria de desierta
Hasta las 3:30 pm día 27 Oficina secretaria de gerencia, del
de Marzo de 2015.
hospital regional de Moniquirá.
A partir de las 10:00 am
del día 30 de Marzo de Oficina, secretaria
hospital
regional
2015.
de gerencia del
de
Moniquirá.
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Hasta las 4:00 pm del
día 30 de marzo de 2015. Oficina, secretaria de gerencia del
hospital regional de Moniquirá.
Hasta las 2:00 pm del
día 31 de Marzo de 2015.
Desde las 3:30 pm del
día 31 de marzo de 2015.
Y máximo dentro de los
dos días siguientes.
Oficina, secretaria de gerencia del
hospital regional de Moniquirá.
Oficina, secretaria de gerencia del
hospital
regional
de
Moniquirá.
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REGIMEN JURIDICO APLICABLE
Las normas que rigen la presente Convocatoria publica son de derecho privado, de acuerdo con el artículo
195 de la ley 100 de 1993, en concordancia con los decretos 1876 de 1994 y 536 de 2004, por medio del cual
se reglamenta parcialmente los artículos 192 y 195 de la ley 100 de 1993, en los cuales se establece que las
empresas sociales del estado de las entidades territoriales podrán desarrollar sus funciones mediante
contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores externos y
la ordenanza 023 de 1999 y el Acuerdo 042 de 2008 al cual se remite nuestro nuevo estatuto interno de
contratación Acuerdo 002 de 2014 art. 46 para los procesos de selección, así este acuerdo 002 de 2014
aprueba el Estatuto Interno Contractual del Hospital Regional de MONIQUIRÁ E.S.E. Así las cosas cuando la
entidad en desarrollo de su objeto social deba adquirir bienes o servicios a través de contratos, se regirán por
el Manual de Contratación Interno expedido por su Junta Directiva.
PARAGRAFO. Para el caso en concreto, dado el monto a contratar, no obstante no exigirse al interior del
actual Manual de Contratación el procedimiento reglado en la presente invitación, las partes proponentes
aceptan desde ya su sujeción al mismo en aras de brindar transparencia al proceso y garantizar la selección
objetiva del contratista.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS SOPORTE DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Por tratarse de un contrato que supera los 90 salarios mínimos legales mensuales, así como por no
encuadrarse el presente proceso en lo enunciados en el artículo 12 del acuerdo 002 de 2014 o manual de
contratación de la ESE, la Modalidad de selección del contratista que se utilizara será LA CONVOCATORIA
PUBLICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del acuerdo 002 de 2014 o manual de
contratación de la ESE, así como lo dispuesto en ley 100 de 1993 artículo 105, decreto 1876 de 1994.
MODIFICACIONES A LA INVITACION
Cualquier modificación que se realice a la invitación se hará mediante adendas que serán publicadas en la
página Web http:esehospital-moniquira-boyaca.gov.co y/o carteleras del Hospital, estas adendas formarán
parte integral de la invitación.
VEEDURÍAS CIUDADANAS
El Hospital, CONVOCA a las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, y a la comunidad
en general para que participen dentro del proceso, efectúen el control social y en general desarrollen su
actividad durante las diferentes etapas del presente proceso de selección.
PRESUPUESTO OFICIAL
Conforme a lo anterior el precio promedio del contrato ascienda a la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES
SETESCIENTOS OCHETA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($ 51.782.500 m/cte) y Para efectos
del presente proceso de selección del contratista, se ha emitido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal
No. 2015000107, Rubro Nº 21020101 Y 21020215 denominados: “Materiales y suministros y
mantenimiento” de la vigencia fiscal dos mil quince (2015).
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El valor de la propuesta deberá incluir la totalidad de todos los costos directos e indirectos para la completa y
adecuada ejecución del objeto contractual.
NOTA. No se aceptarán ofertas que superen el presupuesto oficial.
1.8 PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán estar suscritas en original por el representante legal de la persona jurídica o por el
representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal.
La propuesta debe presentarse directamente por el Representante legal del oferente o a través de un
delegado facultado por medio de documento escrito otorgado por el oferente, en la secretaria de la gerencia
del hospital regional de Moniquirá ESE, en las fechas y horas señaladas en el cronograma, ESTO CON EL
FIN DE EVITAR QUE EL PROPONENTE EVADA SU RESPONSABILIDAD EN LA PRESENTACION DE LA
OFERTA.
El oferente deberá entregar la propuesta en sobre cerrado, original, con su respectivo índice, debidamente
foliado. Cada sobre deberá estar cerrado y rotulado de la siguiente manera:
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ E.S.E.
CONVOCATORIA N° 007 DEL 2015
OBJETO: : “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES
DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
INFORMACIÓN DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE
DIRECCIÓN COMERCIAL
TELÉFONO
FAX
DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO
INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
NOMBRE
DIRECCIÓN COMERCIAL
TELÉFONO
FAX
DIRECCIÓN CORREO ELECTRÓNICO
No se aceptarán propuestas remitidas por fax o correo electrónico. No se admitirán ofertas
complementarias o propuestas de modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre
de la invitación.
AUTORIZACIÓN
Para el caso de que el representante legal de la firma del proponente tenga alguna limitación para suscribir la
oferta o el contrato, según lo indicado en el Certificado de Existencia y Representación Legal, se deberá
anexar el original del acta del órgano correspondiente que lo autorice para presentar la oferta y suscribir el
contrato en caso de que le sea adjudicado.
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FORMA DE PAGO
LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA el valor del presente contrato, al cumplimiento de las actividades
derivadas del objeto de la orden, según su ejecución previa presentación y radicación de la factura,
observando que esta cumpla con las normas legales de la DIAN, de acuerdo a la ejecución contractual,
certificado por el supervisor designado por la E.S.E. En todo caso los pagos a que se obliga LA E.S.E., están
sujetos a las disponibilidades de caja, y a los siguientes términos y condiciones:




El hospital retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos establecidos por la
ley.
Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el pago
de LA SEGURIDAD SOCIAL.
Los servicios contratados están condicionados a los contratos de prestación de servicios de salud
que suscriba LA E.S.E. con el ente territorial y EPS y otras personas naturales o jurídicas que
requieran los servicios de salud y por ello LA E.S.E. puede suprimir, modificar o adicionar un tipo de
servicio, un perfil o una actividad, en forma parcial o total. En todo caso, el tipo de servicio se
ajustará mensualmente conforme a la demanda del servicio, efectuada por la población contratada
por LA E.S.E.
No podrán darse o exigirse pagos adicionales o que rebasen la suma contratada.
DURACION
El plazo de ejecución del contrato será de seis (06) meses Calendario contados a partir del cumplimiento de
los requisitos de forma, consagrados en el acuerdo 002 de 2014 o manual de contratación de la ESE,
perfeccionamiento, ejecución y la suscripción de la firma del Acta de Inicio.
GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los proponentes presentaran garantía de seriedad de la propuesta a favor del Hospital Regional de Moniquirá
ESE, la cual consiste en una póliza expedida por una compañía de seguros, legalmente establecida y
autorizada para funcionar en Colombia, o una garantía bancaria, en la cual el valor asegurado será
equivalente al diez por ciento 10% de valor de la propuesta.
La vigencia de la garantía será de 120 días calendario contados a partir del día y hora del cierre de la
recepción de propuestas. El proponente deberá adjuntar a la propuesta el original de la garantía y el recibo de
pago correspondiente.
SUPERVISIÓN
La supervisión administrativa y técnica del contrato será ejercida por el Subgerente Administrativo con el
acompañamiento del líder de almacén, quién tendrá como función verificar el cumplimiento de las
obligaciones del contratista.
EXPEDICION DE ADENDAS:
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El MUNICIPIO DE MONIQUIRA, se reserva el derecho de modificar el presente cronograma a su libre
albedrío y según las necesidades de la entidad, para lo cual lo hará constar por escrito a través de Adenda la
cual se publicara en la página web de la entidad.
CAPÍTULO 2
REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Para todos los casos el proponente deberá manifestar en su propuesta que no se encuentra incurso en
ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar de conformidad con lo establecido en la
Constitución Política, Ley 80 del 93 y demás normas concordantes.
PROPUESTAS PARCIALES
En ningún caso se aceptarán propuestas alternativas.
2.1. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
En ningún caso se aceptarán propuestas alternativas.
2.3 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá presentarse con los documentos que se relacionan a continuación:
2.3.1. REQUISITOS HABILITANTES.
Los siguientes documentos y requisitos se consideran necesarios para que el Hospital acepte que existe
realmente una propuesta, por lo tanto en caso que el proponente no traiga dentro de su propuesta la totalidad
de documentos que se consideran requisitos habilitantes, se establecerá la INEXISTENCIA del mismo y será
causal de INADMISIÓN JURIDICA y por consiguiente no será sujeto de evaluación técnica ni económica.
1. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación de la
persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificara el de la persona
jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones
temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión
Temporal.
2. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría General de la
República de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificara
el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de
consorcios o uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el
Consorcio o la Unión Temporal.
3. Certificado de Antecedentes Penales expedido por la Policía Nacional de la persona natural; En caso
de personas jurídicas se verificara el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de
consorcios o uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el
Consorcio o la Unión Temporal.
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4. Carta de Presentación de la Propuesta, según Anexo 1 consagrado en el pliego de condiciones.
5. Ficha Técnica según Anexo 5 consagrado en el pliego de condiciones.
6. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o cedula de extranjería o pasaporte según corresponda y
dependiendo de si el oferente es nacional colombiano o extranjero.
7. Nit o Registro Único Tributario: Para el caso de Persona Natural o jurídica deberá anexar una
fotocopia legible del Nit. o Registro Único Tributario (RUT).
8. Certificado de Existencia y Representación Legal, renovado al año 2014, expedido por Cámara de
Comercio con fecha de expedición no mayor a 30 días, contados hacia a tras desde la fecha máximo
para la presentación de ofertas; Para afectos de verificar la capacidad jurídica, a través del
Certificado de Existencia y Representación Legal, la entidad tendrá en cuenta:
a. objeto social de la persona jurídica: Se verificara que la persona jurídica este autorizada para
cumplir con el objeto del contrato.
b. La calidad de representante legal de quien suscribe la oferta, lo cual se verifica con la inscripción
del representante legal en el certificado de existencia y representación legal.
c. Las facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a
la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato.
9. Documento de declaración juramentada, según Formato Anexo, en que acredite ausencia de
inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del
contrato y en la que conste que no ha sido sancionado por algún incumplimiento o multas, por
circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º, Art. 2º y Art. 90. En esta declaración la
persona jurídica certificara que ni la persona jurídica ni su representante legal están incursos en
inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, de igual manera se certificara para el caso de
personas naturales; Para el caso de consorcios o uniones Temporales el Representante Legal del
Consorcio o de la unión Temporal aportara documento de Declaración juramentada en que conste
que ningún de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal se encuentra con inhabilidades
e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato.
10. Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar Documento de conformación
del consorcio o unión temporal
11. Acreditar con documentos que el oferente persona natural o jurídica o cada uno de los consorciados
o Unidos Temporalmente se encuentran al día en los pagos del sistema de seguridad social integral
en salud (Salud, Pensión, riesgos laborales) y Parafiscales, cuando corresponda. (Art. 23 ley 1150 e
2007 y ley 1562 de 2012)
12. Acreditar, con el aporte de copia de la Libreta Militar para los hombres menores de 50 años, que ha
resuelto su Situación Militar, a la fecha máxima de presentación de ofertas.
13. Acreditar que el oferente persona natural o cada uno de los consorciados o unidos temporalmente se
encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes.
OFERTA ECONÓMICA
9
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El proponente deberá diligenciar y presentar con la oferta el ANEXO ECONOMICO N° 01 – OFERTA
ECONOMICA. La oferta económica será presentada en pesos colombianos, para que la propuesta sea
evaluada económicamente deberá contemplar la totalidad de los ítems y se debe presentar en físico
debidamente firmada por el representante legal.
El oferente deberá incluir en el valor de su oferta la totalidad de los costos requeridos para cumplir con el
objeto contratado durante la ejecución del mismo (sin añadir filas o columnas). El oferente deberá presentar
su oferta en pesos colombianos sin anotar centavos. Cuando el proponente omita incluir el IVA de un bien que
esté gravado, se entiende que está incluido dentro del valor ofertado.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO A CONTRATAR
CANTIDAD
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS,
DESCRIPCION, IDENTIFICACION ADICIONAL
Y CALIDAD MINIMA
galón
x3785 cc
1200
Gasolina Corriente según normas Colombianas
galón
x3785 cc
3500
Diesel Corriente A.C.P.M, según normas
colombianas
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 15W40 Multigrado
10
5
galón
x3785 cc
6
ITEM
1
UNIDAD
MEDIDA
DE
PRECIO
UNITARIO
PRECIO TOTAL
$ XXXX
$ XXXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
Aceite 15W40 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
7
galón
x3785 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
8
cuarto
x 940 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
9
cuarto
x 940 cc
10
Hidraulico
$ XXXX
$ XXXX
10
libra
10
Grasa Lubricante
$ XXXX
$ XXXX
11
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ XXXX
$ XXXX
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ XXXX
$ XXXX
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$ XXXX
$ XXXX
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ XXXX
$ XXXX
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ XXXX
$ XXXX
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ XXXX
$ XXXX
2
3
4
10
HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
TEL: 7282360-7282630-7282854
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17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ XXXX
$ XXXX
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ XXXX
$ XXXX
19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ XXXX
$ XXXX
20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ XXXX
$ XXXX
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ XXXX
$ XXXX
22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ XXXX
$ XXXX
23
Cuerto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ XXXX
$ XXXX
24
Cuarto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ XXXX
$ XXXX
TOTAL PRECIO
$ XXXXXXX
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La evaluación consiste en el análisis comparativo de las propuestas sobre los aspectos técnicos y
económicos, con el fin de establecer entre las que cumplan con los requisitos exigidos en la presente
invitación, la que resulte más favorable para la entidad y para los fines que ella busca. Estos estudios
consistirán en el análisis de la información contenida en la propuesta, firmas y documentos allegados a la
misma, los factores de evaluación aplicable a las propuestas son los siguientes:
Por tratarse de una convocatoria pública los criterios o factores de selección del contratista que permitan
seleccionar la oferta más favorable serán los que determine la oferta más ventajosa para la entidad como
resultado de aplicar alguna de las siguientes alternativas:
1. El menor precio ofrecido por el proponente
2. La ponderación de los elementos de calidad y precio.
EN VIRTUD A LO ANTERIOR PARA LOS REQUISITOS HABILITANTES Y LA EVALUACION DE LAS
OFERTAS COMO CRITERIOS DE SELECCIÓN SERA:
EN VIRTUD A LO ANTERIOR PARA LOS REQUISITOS HABILITANTES Y LA EVALUACION DE LAS
OFERTAS COMO CRITERIOS DE SELECCIÓN SERA:
VI. Requisitos Habilitantes
El Hospital regional de Moniquirá ESE, para determinar y verificar los requisitos habilitantes en el presente
proceso de contratación verificara los siguientes documentos del proponente:
14. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación de la
persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificara el de la
persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o
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NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
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uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la
Unión Temporal.
15. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría General de la
República de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificara
el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de
consorcios o uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el
Consorcio o la Unión Temporal.
16. Certificado de Antecedentes Penales expedido por la Policía Nacional de la persona natural; En
caso de personas jurídicas se verificara el del representante Legal de la Persona jurídica, para el
caso de consorcios o uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran
el Consorcio o la Unión Temporal.
17. Carta de Presentación de la Propuesta, según Anexo 1 consagrado en el pliego de condiciones.
18. Ficha Técnica según Anexo 5 consagrado en el pliego de condiciones.
19. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o cedula de extranjería o pasaporte según corresponda y
dependiendo de si el oferente es nacional colombiano o extranjero.
20. Nit o Registro Único Tributario: Para el caso de Persona Natural o jurídica deberá anexar una
fotocopia legible del Nit. o Registro Único Tributario (RUT).
21. Certificado de Existencia y Representación Legal, renovado al año 2014, expedido por Cámara de
Comercio con fecha de expedición no mayor a 30 días, contados hacia a tras desde la fecha
máximo para la presentación de ofertas; Para afectos de verificar la capacidad jurídica, a través del
Certificado de Existencia y Representación Legal, la entidad tendrá en cuenta:
d. objeto social de la persona jurídica: Se verificara que la persona jurídica este autorizada para
cumplir con el objeto del contrato.
e. La calidad de representante legal de quien suscribe la oferta, lo cual se verifica con la
inscripción del representante legal en el certificado de existencia y representación legal.
f. Las facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a
la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato.
22. Documento de declaración juramentada, según Formato Anexo 4, en que acredite ausencia de
inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del
contrato y en la que conste que no ha sido sancionado por algún incumplimiento o multas, por
circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º, Art. 2º y Art. 90. En esta declaración la
persona jurídica certificara que ni la persona jurídica ni su representante legal están incursos en
inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, de igual manera se certificara para el caso de
personas naturales; Para el caso de consorcios o uniones Temporales el Representante Legal del
Consorcio o de la unión Temporal aportara documento de Declaración juramentada en que conste
que ningún de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal se encuentra con inhabilidades
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e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato.
23. Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar Documento de conformación
del consorcio o unión temporal
24. Acreditar con documentos que el oferente persona natural o jurídica o cada uno de los consorciados
o Unidos Temporalmente se encuentran al día en los pagos del sistema de seguridad social integral
en salud (Salud, Pensión, riesgos laborales) y Parafiscales, cuando corresponda. (Art. 23 ley 1150
e 2007 y ley 1562 de 2012)
25. Acreditar, con el aporte de copia de la Libreta Militar para los hombres menores de 50 años, que ha
resuelto su Situación Militar, a la fecha máxima de presentación de ofertas.
26. Acreditar que el oferente persona natural o cada uno de los consorciados o unidos temporalmente
se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes.
CRITERIOS DE SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE.
A. Capacidad Jurídica
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras;
consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el
objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del
Contrato y un año más.
La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o
conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables
fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para
verificar que no haya sanciones inscritas.
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento
idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses
desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución,
objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de
comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene
limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento
correspondiente del órgano directo que lo faculta.
B. Experiencia.
El Oferente debe acreditar a través del Registro Único de Proponentes experiencia la siguiente
experiencia específica Así:
Contrato – Código UNSPSC
15101500: PETROLEO Y DESTILADOS
15121500: PREPARADOS LUBRICANTES
Cuantía- SMMLV
500 SMMLV
C. Capacidad Financiera.
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El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el
RUP.
Tabla 3 - Indicadores de capacidad financiera
Indicador
Índice requerido
Índice de Liquidez
Mayor o igual a 2.00
Indicador
Índice de Endeudamiento
Razón de Cobertura de Intereses
Índice requerido
Menor o igual a 1.00
Mayor o igual a 2.00
Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura la entidad verificara los
requisitos financieros, teniendo en cuenta que uno de los dos cumpla con los diferentes indicadores.
D. Capacidad Organizacional
El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.
Tabla 2 - Indicadores de capacidad organizacional.
Indicador
Rentabilidad sobre el patrimonio
Rentabilidad sobre activos
Índice Mínimo requerido
Igual o superior 0.20
Igual o superior 0.20
E. Menor precio.
Se tendrá como factor de selección del futuro contratista, el menor precio de la oferta presentada; para
calificar el menor precio el proponente deberá incluir en su propuesta la totalidad de ítems requeridos, así
mismo la sumatoria de los ítems de forma individual Y total debe ser exacta.
VII.
Evaluación de la Oferta
Se evaluaran las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes.
Puntaje por criterios de evaluación
Criterio de Evaluación
Menor valor de la Oferta
Experiencia
Capacidad Financiera
Capacidad Organizacional
TOTAL PUNTAJE CALIFICACION
Puntaje
500
300
100
100
1.000
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EMPATE
En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, El hospital Regional de Moniquirá escogerá
teniendo en cuenta quien presento el menor valor de la oferta, de seguir el empate el factor será la primera
oferta presentada. En todo caso el comité de evaluación de la entidad o el representante legal, podrá tomar o
aceptar las propuestas de forma parcial atendiendo el precio ofertado por las personas que se presenten al
proceso de selección.
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Son causales para el rechazo de las propuestas, las siguientes:
• Cuando la propuesta: a) sea extemporánea, b) se presente en un lugar diferente al indicado en los términos
de la presente invitación. C) No la presente la persona autorizada según lo indicado en esta convocatoria.
• Cuando el proponente haya tratado de interferir, influenciar, informarse indebidamente en el análisis de la
propuesta.
• Cuando el Proponente o alguno de sus integrantes se encuentre en una o varias de las siguientes
situaciones: estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la ley;
tenga un conflicto de interés de origen legal o contractual; o no se encuentre en situación de cumplimiento por
concepto de pago de giros y aportes al Sistema de Seguridad Social y parafiscales.
• Cuando un oferente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que oferte, es decir, cuando se
trate de sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas.
• Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados,
alterados o tendientes a inducir a error a la E.S.E. HOSPITAL.
• Cuando exceda en el valor en su oferta con relación al presupuesto oficial asignado por el Hospital.
• Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto de la presente invitación, es decir, se presente
en forma parcial. • Cuando no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos.
• Cuando no cumpla con los requisitos técnicos exigidos las propuestas presenten situaciones, circunstancias,
características o elementos que impidan su comparación objetiva con las demás propuestas.
• Cuando el proponente aparezca reportado o tenga antecedentes disciplinarios o antecedentes judiciales
(para el caso aplicables) y se encuentre Inhabilitado para contratar.
• Cuando por omisión y sin perjuicio de la posibilidad de saneamiento, a la propuesta no le sean anexados
dentro del término establecido por el Hospital los documentos.
CONDICIONES DEL CONTRATO
EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
El contrato a celebrar constituye una relación de carácter estrictamente civil, por lo tanto no existe ningún tipo
de relación laboral entre EL HOSPITAL y el oferente seleccionado o alguna(s) de la(s) persona(s) que preste
sus servicios por intermedio o suministro de esta y en consecuencia, la competente para dirimir cualquier tipo
de controversia será la jurisdicción civil.
INDEMNIDAD DEL HOSPITAL
El contratista mantendrá indemne al Hospital Regional de Moniquirá E.S.E, por razón de reclamos,
demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del contratista, de patentes,
diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros.
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Se consideran como hechos imputables al contratista todas las acciones u omisiones de su personal y de sus
subcontratistas y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Si en cualquiera de los eventos antes previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa
del Hospital Regional de Moniquirá ESE, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al
contratista y éste pagará todos los gastos en que él incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el
contratista, el Hospital, tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que
adeude al contratista por razón de los trabajos motivo del contrato, o a utilizar cualquier otro mecanismo legal.
CESION Y SUBCONTRATOS.
El contratista no podrá ceder o subcontratar el contrato sin previo consentimiento escrito del Hospital,
pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión.
MULTAS
En caso de que el contratista se constituya en mora o incumpla injustificadamente total o parcialmente las
obligaciones que asume en virtud del contrato, El Hospital podrá imponerle, mediante resolución motivada,
multas sucesivas y diarias por el 0.5% del valor total del contrato por cada día de retardo, sin exceder el 20%
del valor del mismo y sin perjuicio de hacer efectiva la sanción pecuniaria prevista en estos pliegos de
condiciones o de la declaratoria de caducidad del contrato.
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento definitivo por parte del contratista, de cualquiera de las obligaciones contraídas
con el contrato o de declaratoria de caducidad, el contratista conviene en pagar al Hospital, a título de pena,
una suma equivalente al diez por ciento (40%) del valor total del contrato.
GARANTIAS
NECESIDAD DE GARANTIAS
RIESGO
CONSIDERACIONES RESPECTO AL RIESGO.
REQUIERE
NO
REQUIERE
GARANTIA
GARANTIA
1.
RIESGO DE
CUMPLIMIENTO.
Teniendo en cuenta los servicios a contratar y la
necesidad
De preservar los mismos durante la ejecución del
contrato
Se hace necesario constituir esta garantía.
SI
CONDICOMNES DE LA
GARANTIA SEGÚN
MANUAL DE
CONTRATACION
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; la
garantía de cumplimiento se
suscribirá por valor el 10%
del valor del contrato, por el
termino de vigencia y 4
meses mas.
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2.
RIESGO DE CALIDAD
DEL SERVICIO
teniendo en cuenta el tipo de servicio contratado, no se
hace necesario constituir esta garantia.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía será por el 20% del
valor del contrato y por el
termino del contrato y un año
mas.
3.
RIESGO DE
DEVOLUCION DE PAGO
ANTICIPADO
No existe anticipo en el presente contrato.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014;se
suscribirá esta garantía por el
valor dado en anticipo y por el
termino del contrato y 6
meses más
.
4.
RIESGO SALARIOS,
PRESTACIONES
SOCIALES E
INDEMNIZACIONES.
Teniendo en cuenta el tipo de servicio a contratar NO se
debe
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
10% del valor contratado y
por el termino del contrato y 3
años mas.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
10% del valor contratado y
por el termino del contrato.
No se requiere teniendo en cuenta lo contratado.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
20% del valor contratado y
por el termino de 5 años
contados a partir del recibo
de las obras objeto del
contrato.
teniendo en cuenta que es indispensable para la
prestación del servicio la adjudicación del contrato, se
SI
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
Constituir esta garantía para la buena marcha de su
Ejecución.
5.
6.
RESPONSABILIDAD
CIVIL
EXTRACONTRACTUAL.
ESTABILIDAD Y
CONSERVACIÓN DE LA
OBRA EJECUTADA.
7.
SERIEDAD DEL
Teniendo en cuenta el servicio contratado no se
Requiere esta garantía.
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OFRECIMIENTO
requerirá la presente póliza con el objeto de preservar la
seriedad del ofrecimiento de los participantes del proceso
de selección.
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
10% o más del valor del
presupuesto disponible y por
el termino de 120 días
calendario contados desde la
fecha de cierre de la
convocatoria.
.
5.8 COMITÉ EVALUADOR
El Comité Evaluador del Hospital revisará las evaluaciones efectuadas a las propuestas, siguiendo las reglas
establecidas en este pliego. El Comité examinará el proceso y cada evaluación, a fin de determinar si el
proceso se llevo a cabo cumpliendo las condiciones establecidas en los pliegos y así poder recomendar al
ordenador del gasto la adjudicación del contrato en mención, al proponente que haya obtenido el mayor
puntaje en la evaluación.
Para el presente proceso el comité evaluador estará integrado según lo indica el manual de contratación de la
entidad hospital regional de Moniquirá ESE. Las personas designadas deberán actuar atendiendo lo
preceptuado en el Manual de Contratación de la Entidad y demás normas concordantes.
ANEXO No 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONOMICA
Señores
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE
Ciudad.
Asunto: Presentación de propuesta
El suscrito, ____________________________, en calidad de representante legal de
___________________________ y de acuerdo con las cantidades y especificaciones contenidas en los
documentos de la invitación publica No. 002 de 2.015, hace la siguiente propuesta para la “CONTRATAR EL
SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES DEL HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRA E.S.E.”, formulo la siguiente oferta para la, “XXXX”, según las siguientes características
técnicas uniformes:
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OBJETO: XXXXXXX según las siguientes características técnicas.
CANTIDAD
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS,
DESCRIPCION, IDENTIFICACION ADICIONAL
Y CALIDAD MINIMA
galón
x3785 cc
1200
Gasolina Corriente según normas Colombianas
galón
x3785 cc
3500
Diesel Corriente A.C.P.M, según normas
colombianas
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 15W40 Multigrado
10
5
galón
x3785 cc
6
ITEM
1
UNIDAD
MEDIDA
DE
MARCA
( CUANDO
APLICA)
PRECIO
UNITARIO
PRECIO TOTAL
$ XXXX
$ XXXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
Aceite 15W40 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
7
galón
x3785 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
8
cuarto
x 940 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
9
cuarto
x 940 cc
10
Hidraulico
$ XXXX
$ XXXX
10
libra
10
Grasa Lubricante
$ XXXX
$ XXXX
11
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ XXXX
$ XXXX
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ XXXX
$ XXXX
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$ XXXX
$ XXXX
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ XXXX
$ XXXX
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ XXXX
$ XXXX
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ XXXX
$ XXXX
17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ XXXX
$ XXXX
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ XXXX
$ XXXX
19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ XXXX
$ XXXX
20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ XXXX
$ XXXX
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ XXXX
$ XXXX
2
3
4
19
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22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ XXXX
$ XXXX
23
Cuerto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ XXXX
$ XXXX
24
Cuarto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ XXXX
$ XXXX
TOTAL PRECIO
$ XXXXXXX
Además declaro:
• Que conozco que el presente proceso de selección y contratación se rige por el Derecho Privado y el
Estatuto de Contratación del Hospital.
• Que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la
Ley y en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con el Estado.
• Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tiene intereses en esta oferta, ni en el
contrato que como consecuencia de ella llegare a celebrarse y que por consiguiente sólo compromete a los
firmantes.
• Que conozco las especificaciones y demás documentos de la contratación y acepto todos los requisitos en
ellos contenidos.
• Que si se me adjudica el contrato me comprometo a otorgar las garantías requeridas, y a suscribir el
contrato dentro de las condiciones de la invitación señalados para ello.
Acompaño los documentos exigidos en las condiciones de la invitación.
Cordialmente,
_____________________________________
FIRMA
Nombre___________________________________
NIT ó C.C. No._________________ de __________
Dirección__________________________________
Teléfonos._________________________________
Fax.______________________________________
Ciudad _______________________________________
Correo electrónico ______________________________
20
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NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
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ANEXO No 2
MODELO DE CERTIFICACIÓN ACREDITANDO PAGO DE APORTES
(ART. 50 LEY 789/02)
Nombre o razón social del oferente: ____________________________
CERTIFICACIÓN
Certifico que ____________________________ con C.C. o NIT No. ________, ha cumplido con el pago de
los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas
de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje,
durante ______(_) meses, incluyendo los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de entrecierre de esta
invitación.
Expedida a los ____días del mes de _______ de ______
Nombre:
Firma: ____________________________
(Oferente o el representante legal o revisor fiscal (cuando esté obligado a tener revisor
fiscal))
______________
FIRMA DEL OFERENTE
21
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NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
TEL: 7282360-7282630-7282854
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ANEXO No 3
COMPROMISO ANTICORRUPCION
Moniquirá,(Fecha)
Señores
HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA ESE
Ciudad.
Asunto: Presentación de Compromiso Anticorrupción
El suscrito [ _________(1)__________ ], identificado como se indica al pie de mi firma, actuando en nombre y
representación de [ __________(2)__________ ] (en adelante el “Oferente”) y, en caso de Uniones
Temporales, Consorcios y Promesas de Constitución de Sociedad Futura, actuando también en nombre y
representación de cada uno de sus integrantes del consorcio o unión temporal o promitentes, manifiesto la
voluntad de apoyar la acción del Estado colombiano y del Hospital Regional de Moniquirá E.S.E, para
fortalecer la transparencia en los procesos de selección y la responsabilidad de rendir cuentas, por lo tanto,
de manera unilateral en nombre de mi(s) representado(s) suscribo el presente Compromiso Anticorrupción,
asumiendo los siguientes compromisos:
Primero:
1.1. No ofrecer ni dar sobornos ni dar o entregar cualquier otra forma de halago o dádiva a ningún funcionario,
miembro, trabajador o subcontratista del Hospital o cualquier otro funcionario del Estado que tenga o
haya tenido que ver con el Proceso, en relación con su Propuesta.
1.2 No permitir que nadie en su nombre, bien sea empleado, agente o comisionista independiente incurra en
las conductas indicadas en el numeral 1.1 anterior.
1.2. Impartir instrucciones a todos sus empleados, subcontratistas y agentes y a cualesquiera otros
representantes suyos, exigiéndoles en todo momento el cumplimiento de las Leyes de la República de
Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso.
1.4. No efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como consecuencia la
colusión del proceso o el fraude en su resultado y no realizar conductas que tengan como efecto la desviación
de la Adjudicación del Contrato.
Nombre o Razón Social del Oferente, sus integrantes y sus promitentes:
_______________________________________________________________________________
Nombre del Apoderado: ______________________________________________
C.C. No.: ______________________ de: ________________________________
Dirección: _________________________________________________________
Teléfonos: ________________________________ Fax: ____________________
Correo Electrónico: __________________________________________________
Ciudad: ___________________________________________________________
FIRMA: ___________________________________________________________
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NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
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ANEXO 4
DECLARACION JURAMENTADA DE NO ESTAR INCURSO DE INHABILIDAD, INCOMPATIBILIDAD O
PROHIBICION
Por medio del presente documento y bajo la gravedad de juramento yo_______________________
identificado con C.C. Nª________________ de ____________, actuando en nombre propio (y en mi condición
de representante legal de la empresa XXXX); manifiesto de forma libre y espontanea que no soy inhábil o me
encuentro incurso en causal de incompatibilidad o prohibición alguna para la presentación de la oferta y
suscripción del contrato, así mismo manifiesto no haber sido sancionado por algún incumplimiento o multas,
por circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º, Art. 2º y Art. 90.
Atentamente,
Nombre _________________________
Documento de Identidad
_________________________
Dirección
_________________________
Ciudad: _________________________
Telefax _________________________
Correo Electrónico
_________________________
Número de Celular:
_________________________
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ANEXO No. 05
ANEXO TECNICO
CANTIDAD
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS,
DESCRIPCION, IDENTIFICACION ADICIONAL
Y CALIDAD MINIMA
galón
x3785 cc
1200
Gasolina Corriente según normas Colombianas
galón
x3785 cc
3500
Diesel Corriente A.C.P.M, según normas
colombianas
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 15W40 Multigrado
10
5
galón
x3785 cc
6
ITEM
1
UNIDAD
MEDIDA
DE
MARCA
( CUANDO
APLICA)
PRECIO
UNITARIO
PRECIO TOTAL
$ XXXX
$ XXXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
$ XXXX
Aceite 15W40 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
cuarto
x 940 cc
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
7
galón
x3785 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
8
cuarto
x 940 cc
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
9
cuarto
x 940 cc
10
Hidraulico
$ XXXX
$ XXXX
10
libra
10
Grasa Lubricante
$ XXXX
$ XXXX
11
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ XXXX
$ XXXX
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ XXXX
$ XXXX
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$ XXXX
$ XXXX
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ XXXX
$ XXXX
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ XXXX
$ XXXX
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ XXXX
$ XXXX
17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ XXXX
$ XXXX
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ XXXX
$ XXXX
19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ XXXX
$ XXXX
2
3
4
24
HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
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20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ XXXX
$ XXXX
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ XXXX
$ XXXX
22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ XXXX
$ XXXX
23
Cuerto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ XXXX
$ XXXX
24
Cuarto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ XXXX
$ XXXX
TOTAL PRECIO
$ XXXXXXX
FIRMA DEL OFERENTE
ACTA DE CIERRE
INVITACION PUBLICA No. 007-2015
PROCESO: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES
DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
Llegado el plazo máximo para presentación de por ello se realiza la correspondiente ACTA DE CIERRE
Para el efecto de la elaboración del Acta de cierre, se seguirá el siguiente formato:
No. DE
ORDEN
NOMBRE DEL OFERENTE
FECHA Y HORA DE
PRESENTACION
FIRMA OFERENTE
YANNETH LUCIA VILLATE CORREDOR
Gerente
25
HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
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ANEXO No. 06
MINUTA DE CONTRATO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 2015-XXX
CONTRATISTA:
NIT O C.C.:
CONTRATANTE:
OBJETO:
VALOR:
DURACIÓN:
XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXX
HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
“CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS
AUTOMOTORES DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
$ XXXXXXXXX
XXXXXX (6) MESES
YANNETH LUCIA VILLATE CORREDOR, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 40.039.451 de
Tunja, obrando en su calidad de Gerente y Representante Legal del HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ
E.S.E. de conformidad con el Decreto No. 00261 de fecha 30 de marzo de 2012, categoría especial de
entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa del
orden departamental, regida en materia contractual por las normas de derecho privado y sujeto a la
Jurisdicción ordinaria conforme a las normas vigentes sobre la materia, en especial la Ley 100 de 1993, sus
reglamentarios y sus normas internas quien en adelante y para los efectos de la presente orden se
denominará LA E.S.E. o la CONTRATANTE, y por la otra, XXXXXXXXXXXXX, identificado con Cedula de
Ciudadanía No. xxxxxxx expedida en xxxxxxxxx, quien obra como representante legal de XXXXXXXXXX .,
sociedad identificada con NitXXXXXXXXXXXX, constituida por medio de escritura pública NoXXXXX del XX
de XXXXXX de XXXXX, otorgada por la notaría XXXXX de XXXX, inscrita en cámara de comercio de XXXX,
el XX de XXXXX de XXXXXXX, bajo el número XXXXXXX del libro XXXXXX, y quien para los efectos de la
presente orden se denominará EL CONTRATISTA y que declara con la suscripción del presente contrato no
encontrarse incursa en inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la Ley, hemos
convenido celebrar la presente orden de prestación de servicios que se regirá por las cláusulas que adelante
se relacionan, previas las siguientes consideraciones: 1. Conforme lo establece el Artículo 2º de la
Constitución Política de Colombia, son fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la
prosperidad general, y garantizar la efectividad de los principios, deberes y derechos consagrados en la
constitución. Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, las Autoridades de
la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su honra vida,
bienes y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y
de los particulares. Que el Articulo 209 de la Constitución política de Colombia establece que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. 2. Conforme lo establece el Artículo 365
de la Constitución política de Colombia los Servicios Públicos son inherentes a la finalidad social del Estado.
Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del Territorio Nacional. Que
conforme lo establece la ley 489 de 1998 las empresas sociales del estado tienen autonomía administrativa y
financiera para la consecución de su objeto social. 3. Que conforme lo establecido en la Ley 100 de 1993,
articulo 195, Las Empresas Sociales de Salud se someterán: en materia contractual se regirá por el derecho
privado, pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de
contratación de la administración pública. El Numeral 6 del precitado artículo contempla que el régimen
presupuestal será el que se prevea, en función de su especialidad, en la ley orgánica de presupuesto, de
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forma que se adopte un régimen de presupuestación con base en el sistema de reembolso contra prestación
de servicios, en los términos previstos en la presente ley. 4. La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece:
Las empresas sociales del Estado, creadas por la Nación o por las entidades territoriales para la prestación
en forma directa de servicios de salud se sujetan al régimen previsto en la Ley 100 de 1993, la Ley 344 de
1996 y en la presente ley en los aspectos no regulados por dichas leyes y a las normas que las
complementen, sustituyan o adicionen. 5. En concordancia con la normatividad vigente la presente
convocatoria se rige por el derecho privado, de acuerdo con el Artículo 365 de la Constitución Política de
Colombia, ley 100 de 1993 y el decreto 1876 de 1994, por medio del cual se reglamenta parcialmente los
artículos 192 y 195 de la ley 100 de 1993, en los cuales se establece que las empresas sociales del estado de
las entidades territoriales podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o convenios
con entidades públicas o privadas, o a través de operadores. 6. Que las normas que rigen la presente
convocatoria son de derecho privado según lo anteriormente expuesto en concordancia con el Acuerdo
No.002 de 2014, por medio del cual se aprueba el Manual de Contratación del HOSPITAL REGIONAL DE
MONIQUIRA E.S.E., el cual establece los derroteros de contratación de nuestra entidad. 7. La Empresa
Social del Estado Hospital Regional Moniquirá, fue creada por la Asamblea de Boyacá en uso de sus
facultades constitucionales y legales, mediante la Ordenanza 023 del trece (13) agosto de 1999, como una
entidad Especial de carácter público, descentralizada, del orden departamental, con personería jurídica,
patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaría de Salud de Boyacá, cuyo objeto
esencialmente el de producir y prestar servicios de salud de primero y segundo nivel, a la población de la
Provincia de Ricaurte, en virtud de lo cual se halla en el deber de contar con el personal suficiente para
desarrollar las actividades del área administrativa. 8. Que para la efectiva prestación del servicio de salud, se
requiere en la entidad los medios que garanticen la movilidad de los automoters que pretan el trasporte
asistencial, asi como de los demas automotores que garantizan la movilidad del personal para la prestacion
de otros servicioos y el cumplimiento de progrmaas en salud publica. 9. Que resulta oportuno garantizar por
intermedio de la contratacion el suminsitro de combustible y elemtos de manteniemitno preventid¡vo de los
automotores de la institucion, àra de esta forma mantener el servicio de trasporte asistencial y los programas
de salud publica que dependen del funcioanmiento del parque automotor. 10. Que se hace necesario contar
con una persona natural o jurídica que tenga la experiencia y capacidad de satisfacer los requerimientos de
aseo de las instalaciones del hospital, Que es por todo lo anterior que el hospital regional de Moniquirá ESE
requiere suscribir un contrato, cuyo objeto sea: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y
OTROS PARA LOS AUTOMOTORES DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.Que el
presente contrato, de conformidad con el artículo 195 numeral 6 de la Ley 100 de 1993, se regirá por las
normas del derecho privado y en especial por las siguientes CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO: El objeto de
la presente orden consiste en la “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS
AUTOMOTORES DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”, conforme al siguiente
requerimiento:
ITEM
UNIDAD
MEDIDA
1
galón
DE
CANTIDAD
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS,
DESCRIPCION, IDENTIFICACION ADICIONAL
Y CALIDAD MINIMA
1200
Gasolina Corriente según normas Colombianas
MARCA
(
CUANDO
APLICA)
PRECIO
UNITARIO
PRECIO TOTAL
$ XXXX
$ XXXXX
$ XXXX
$ XXXX
x3785 cc
Diesel
Corriente
A.C.P.M,
según
normas
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galón
2
3
3500
colombianas
x3785 cc
galón
$ XXXX
$ XXXX
10
Aceite 15W40 Multigrado
10
Aceite 15W40 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ XXXX
$ XXXX
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ XXXX
$ XXXX
10
Hidraulico
$ XXXX
$ XXXX
x3785 cc
4
cuarto
x 940 cc
5
galón
x3785 cc
6
cuarto
x 940 cc
7
galón
x3785 cc
8
cuarto
x 940 cc
9
cuarto
x 940 cc
10
libra
10
Grasa Lubricante
$ XXXX
$ XXXX
11
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ XXXX
$ XXXX
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ XXXX
$ XXXX
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$ XXXX
$ XXXX
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ XXXX
$ XXXX
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ XXXX
$ XXXX
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ XXXX
$ XXXX
17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ XXXX
$ XXXX
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ XXXX
$ XXXX
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19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ XXXX
$ XXXX
20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ XXXX
$ XXXX
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ XXXX
$ XXXX
22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ XXXX
$ XXXX
23
Cuerto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ XXXX
$ XXXX
24
Cuarto de 940 CC
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ XXXX
$ XXXX
TOTAL PRECIO
$ XXXXXXX
PARÁGRAFO PRIMERO: LA E.S.E no reconocerá valores adicionales a los aquí pactados, por ningún
concepto. SEGUNDA. VALOR DE LA ORDEN: Para todos los efectos legales y fiscales, el valor del presente
orden se fija en la suma de XXXXXXXX PESOS M/CTE ($ XXXXXXX) valor que incluye todos los impuestos y
gastos del orden incluida la administración, la cual para efectos de gravámenes, deberá discriminarse
detalladamente en las facturas, y será del diez por ciento (10 %), el IVA, los demás impuestos, tasas y
contribuciones de orden Nacional, Departamental y municipal a que haya lugar. TERCERA. FORMA DE
PAGO: LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA el valor del presente contrato, al cumplimiento de las
actividades derivadas del objeto de la orden, según su ejecución previa presentación y radicación de la
factura, observando que esta cumpla con las normas legales de la DIAN, de acuerdo a la ejecución
contractual, certificado por el supervisor designado por la E.S.E. En todo caso los pagos a que se obliga LA
E.S.E., están sujetos a las disponibilidades de caja, y a los siguientes términos y condiciones: PRIMERA: El
hospital retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos establecidos por la ley.
SEGUNDA: Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el
pago de LA SEGURIDAD SOCIAL. TERCERA: Los servicios contratados están condicionados a los contratos
de prestación de servicios de salud que suscriba LA E.S.E. con el ente territorial y EPS y otras personas
naturales o jurídicas que requieran los servicios de salud y por ello LA E.S.E. puede suprimir, modificar o
adicionar un tipo de servicio, un perfil o una actividad, en forma parcial o total. En todo caso, el tipo de servicio
se ajustará mensualmente conforme a la demanda del servicio, efectuada por la población contratada por LA
E.S.E. CUARTA: No podrán darse o exigirse pagos adicionales o que rebasen la suma contratada. CUARTA.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del objeto contractual EL CONTRATISTA sin perjuicio
de su autonomía se compromete específicamente con LA E.S.E. a. Suministrar oportunamente el combustible
y los lubricantes dando cumplimiento a los requisitos exigidos por la ley en cuanto al objeto del contrato. b. El
horario de atención será de veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, de manera que
garantice el fluido permanente del combustible, al margen de cortes de energía, huelgas, escasez de
combustibles y demás. C. Garantizar el suministro permanente de combustible, para casos en que no exista
fluido eléctrico, daños de surtidores, contaminación del combustible, arreglos en los tanques subterráneos y
patios de servicio, escasez de combustible por parte del distribuidor mayorista, etc. D. El combustible debe
ser micro filtrado con las especificaciones y procedimientos técnicos requeridos para la sustracción de agua, o
las nuevas especificaciones y procedimientos requeridos para la provisión de gasolina corriente. E. Debe el
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contratista contar con mínimo dos (2) surtidores disponibles para los vehículos (no exclusivos), para gasolina
corriente y Mínimo Uno para ACPM corriente. F. Garantizar el cumplimiento de las características técnicas de
operación y seguridad de los equipos de suministro de gasolina corriente instalados en cada una de las
estaciones de servicio ofrecida, los cuales se deben ajustar a los requerimientos y disposiciones legales
vigentes. G. La estación de servicio deben contar con empleados que suministren el combustible con
responsabilidad, seguridad y precisión los cuales deben verificar que los vehiculos pertenecen a la ESE
hospital moniquira, antes del abastecimiento a fin de registrarlos en el medio establecido como de control. H.
Deben ofrecer y cumplir durante la vigencia del contrato con la medida establecida para cada galón de
gasolina motor solicitado, el cual es de 3785 centímetros cúbicos. i. Deberán presentar mensualmente a la
entidad la factura totalizando el pago mensual, que debe corresponder con los vales autorizados por el
Hospital Regional de Moniquira para el suministro de combustible. J. Entregar a la ESE los vales necesarios
para el suministro de combustible y elementos determinado en galones. K. Las demás obligaciones
contenidas en la orden y las de su propia naturaleza. QUINTA. OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: LA E.S.E.
se compromete para con EL CONTRATISTA a: 1. Ejercer la supervisión y control en la ejecución del presente
contrato. 3. Pagar al CONTRATISTA el valor de las actividades prestadas en los periodos señalados de
acuerdo a lo establecido en las cláusulas segunda y tercera del presente contrato, siempre y cuando reúna
todos los requisitos exigidos para su pago. 4. LA E.S.E. adelantará las acciones y/o procesos conducentes a
obtener la indemnización de los daños que sufra en desarrollo o con ocasión de la orden. SEXTA. PLAZO DE
EJECUCIÓN: El plazo de ejecución de la presente orden será de SEIS (6) MESES contado a partir de la
suscripción del acta de inicio suscrita por el supervisor y el CONTRATISTA. SÉPTIMA. SANCIONES POR
INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: En caso de mora en el cumplimiento de alguna(s) de las obligaciones
derivadas del objeto de la orden, EL CONTRATISTA pagará A LA E.S.E., multas diarias y sucesivas del uno
por ciento (1%) del valor del contrato, las cuales se causarán desde la fecha en que debió cumplirse la
obligación hasta su cumplimiento efectivo, sin que la sumatoria de las multas supere el veinte por ciento
(20%) del valor de la orden. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla sus obligaciones dando lugar a
que la sumatoria de las multas supere ese porcentaje, se dará aplicación a la cláusula penal conforme al
literal siguiente. Si EL CONTRATISTA cumple con las obligaciones antes de que se supere el 20% aludido, el
Supervisor certificará este hecho y LA E.S.E. podrá cobrar las multas causadas por la mora en el
cumplimiento. 2) PENAL PECUNIARIA: EL CONTRATISTA, se obliga a pagar a LA E.S.E. una suma
equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor total de la orden, a título de Cláusula Penal en caso
de incumplimiento parcial o total de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de las demás
responsabilidades e indemnizaciones que se produzcan a favor de LA E.S.E. y que se deriven del orden en
su texto general. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza desde ya a LA E.S.E. a descontar de las
facturas pendientes de pago, las sumas correspondientes a impuestos, multas o cláusula penal que se hayan
causado en aplicación del presente numeral. Las sumas de dinero correspondientes a multas o Cláusula
Penal Pecuniaria, podrán ser cobradas ejecutivamente sin necesidad de requerimiento alguno o constitución
en mora, y las partes acuerdan que para los efectos legales este contrato se constituye en título ejecutivo
autónomo. OCTAVA. CLÁUSULAS EXORBITANTES: 1) LA INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN V
TERMINACIÓN UNILATERAL: La orden resultante del presente proceso quedará sujeto a las disposiciones
que sobre interpretación, modificación y terminación unilaterales consagra la Ley 80 de 1993, en sus artículos
14 al 18 y las demás normas concordantes y complementarias, las cuáles se aplicarán de acuerdo con las
circunstancias que se presenten. 2) CADUCIDAD: LA E.S.E. podrá declarar caducado el contrato por
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incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA y por las causales
previstas en el artículo 14 de la Ley 8O de 1993. La caducidad del contrato, si fuere el caso será decretada
por resolución motivada de LA E.S.E., y contra ella procede el recurso de reposición dentro de los cinco (5)
días siguientes a la fecha de su notificación. Ejecutoriada la resolución que decreta la caducidad se dará por
terminado el contrato en el estado en que se encuentre y se procederá de inmediato a su liquidación.
NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN: La presente orden no podrá ser cedido por EL CONTRATISTA, sin el
consentimiento previo, expreso y escrito de LA E.S.E. DÉCIMA. SOMETIMIENTO A LAS LEYES
NACIONALES: La presente orden estará sometida a las leyes Colombianas. DÉCIMA PRIMERA.
SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA EJECUCIÓN: Cuando se presenten circunstancias de
fuerza mayor o caso fortuito LA E.S.E. se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante
la suscripción de un acta en la que conste tal evento, el término de suspensión no será imputable para efectos
del plazo extintivo, ni dará derecho a exigir indemnización alguna de parte del contratista, ni a reclamar gastos
diferentes a los causados a la fecha de suspensión. DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS Y
LEGISLACIÓN APLICABLE: Las partes acuerdan que en caso de que surjan diferencias en la interpretación
y ejecución de la presente orden y hasta la etapa de liquidación del mismo, antes de iniciar cualquier acción
judicial agotaran los mecanismos alternativos de solución de conflictos de conciliación y amigable
composición, en una etapa de arreglo directo, si no se logra acuerdo se acudirá a una segunda etapa de
conciliación extrajudicial precedida por los Procuradores delegados para ello. DÉCIMA TERCERA.
LIQUIDACIÓN: En caso de ejecución total del valor del presente contrato, el mismo se entiende liquidado
automáticamente. PARÁGRAFO PRIMERO: Si agotado el plazo de la orden llegare a existir remanente sobre
el valor pactado la liquidación se efectuará dentro de los cuatro (4) meses siguientes. PARÁGRAFO
SEGUNDO: LIQUIDACIÓN UNILATERAL: LA E.S.E. podrá liquidar directa y unilateralmente esta orden, si el
CONTRATISTA no se presentare a la liquidación o las partes no llegaren a un acuerdo sobre el contenido de
la misma, LA E.S.E. comunicara la liquidación unilateral mediante escrito de la cual se elaborará
unilateralmente el acta de liquidación susceptible de reclamación PARÁGRAFO TERCERO: EL
CONTRATISTA deberá aportar certificado de pago de aportes parafiscales y al sistema integral de seguridad
social al momento de efectuarse la liquidación del presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA. EXCLUSIÓN DE
LA RELACIÓN LABORAL: La presente orden en ningún caso genera relación laboral entre LA E.S.E. y EL
CONTRATISTA, por lo tanto EL CONTRATISTA solo tendrá derecho al pago convenido en la cláusula
segunda en concordancia con la cláusula tercera. DÉCIMA TERCERA. INHABILIDADES E
INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento no hallarse incurso
en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y conflicto de intereses previstas en la
Constitución y en la Ley, que le impida celebrar y suscribir la presente orden. DÉCIMA CUARTA.
AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA. FINANCIERA Y DE TRABAJO: EL CONTRATISTA tiene autonomía
administrativa, financiera y de trabajo de conformidad con el Decreto 4369 de 2006, el Código Sustantivo del
Trabajo, Reglamento interno de Trabajo del CONTRATISTA y el control de legalidad de las autoridades
competentes, los cuales forman parte del presente contrato. Las panes dejan constancia que la presente
orden no constituye orden de trabajo entre ellas. DÉCIMA QUINTA. SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: Para la
presente orden LA E.S.E. designa como supervisor al Subgerente Administrativo, con la asistencia del líder
de almacén quien haga sus veces o a quien posteriormente este delegue para desempeñar dicha actividad,
quien vigilará el cumplimiento oportuno de las obligaciones contractuales, su ejecución hasta la liquidación de
la presente orden conforme con lo dispuesto sobre el particular en las normas expedidas para el efecto así
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HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
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como en lo estipulado en la presente orden, en el Acuerdo 002 de 2014 por el cual se adopta el Manual
Interno de Contratación y demás disposiciones que rigen la materia. PARÁGRAFO: En desarrollo de su
función el supervisor cumplirá, en especial lo siguiente: 1. Atender el desarrollo de la ejecución de la orden. 2.
Comunicar en forma oportuna las circunstancias que afecten el normal desarrollo de la orden. 3. Elaborar
técnica y oportunamente las actas y/o circunstancias requeridas para el cumplimiento y eficaz ejecución de la
orden. 4. Comunicar en forma oportuna la ocurrencia de hechos constitutivos de mora o incumplimiento por
parte de EL CONTRATISTA. 5. Solicitar al CONTRATISTA la presentación de informes de avance de
ejecución de las obligaciones contractuales, para que reposen en el expediente de la orden. 6. Verificar que
EL CONTRATISTA periódicamente esté efectuando el pago de aportes al sistema de Seguridad Social de los
gestores. 7. Adelantar los trámites tendientes a realizar la liquidación del orden en el término establecido para
el efecto. Y demás obligaciones que se desprendan del ejercicio de esta actividad. VIGÉSIMA: INDEMNIDAD
DEL HOSPITAL. El contratista mantendrá indemne al Hospital Regional de Moniquirá E.S.E, por razón de
reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del contratista,
de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros. Se consideran como hechos
imputables al contratista todas las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y en general
cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si en cualquiera de los eventos antes previstos el
contratista no asume debida y oportunamente la defensa del Hospital Regional de Moniquirá ESE, éste podrá
hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste pagará todos los gastos en que él incurra
por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el contratista, el Hospital, tendrá derecho a descontar el valor
de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista por razón de los trabajos motivo del
contrato, o a utilizar cualquier otro mecanismo legal. VIGESIMA PRIMERA. GARANTÍAS: EL
CONTRATISTA constituirá a favor de LA E.S.E., dentro de los diez (10) días siguientes a la firma de este
orden (so pena de declarar el incumplimiento del mismo), garantía única, consistente en póliza(s) expedida(s)
por Compañía Aseguradora o Banco legalmente autorizados para funcionar en Colombia, que ampare las
obligaciones surgidas de la presente orden la cual será entregara en LA E.S.E. y se mantendrá vigente
durante su vida y liquidación ajustándose a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado, así: A) DE
CUMPLIMIENTO. Por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la orden con una vigencia
igual a su duración y (04) meses más. PARÁGRAFO PRIMERO: El monto de las garantías se repondrá cada
vez que en razón de las multas impuestas el mismo se disminuya o agote. PARÁGRAFO SEGUNDO: En los
casos en que se adicione el contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar el certificado de modificación de la
garantía de conformidad con el nuevo tiempo y/o valor pactado. PARÁGRAFO TERCERO: Las pólizas
deberán ser entregadas dentro de los diez (10) días siguientes a la suscripción del presente orden en la
Subgerencia Administrativa de LA E.S.E. para su revisión y aprobación. VIGÉSIMA TERCERA. GASTOS E
IMPUESTOS: Los gastos que se ocasionen para la legalización y perfeccionamiento del presente orden serán
sufragados por EL CONTRATISTA. VIGÉSIMA CUARTA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: La presente
orden está sujeto a la ejecución presupuestal y los pagos que de conformidad con la orden debe efectuar LA
E.S.E. se subordinan a las apropiaciones que de los mismos se hagan en el presupuesto de la vigencia 2015,
será cancelado con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2015000107, Rubro Nº 21020101
Y 21020215 denominados: “Materiales y suministros y mantenimiento” de la vigencia fiscal dos mil quince
(2015). VIGÉSIMA QUINTA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos de esta orden se fija
como domicilio la ciudad de Moniquirá y el lugar del desarrollo de las actividades del CONTRATISTA serán
las instalaciones de LA E.S.E. VIGÉSIMA SEXTA. PERFECCIONAMIENTO: El presente Contrato se
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perfecciona con la firma de las partes. REQUISITOS DE EJECUCIÓN. Además se requiere para su
ejecución: (a) La existencia del Certificado de Disponibilidad Presupuestal, (b) El Registro presupuestal,
(c) La acreditación de estar al día en el pago de los apartes al sistema integral de seguridad social integral en
salud, d) Suscribirse la respectiva acta de iniciación.
En constancia se firma en Moniquirá al xxxxxx (xx) día del mes de xxxxxx del dos mil quince (2015).
POR EL HOSPITAL
POR EL CONTRATISTA
YANNETH LUCIA VILLATE CORREDOR
Gerente
XXXXXXXXXX
Representante Legal
c.c. xxxxxxxx
Dirección: xxxxxx
Telefono: xxxxxxxx
FIN DE LA CONVOCATORIA
YANNETH LUCIA VILLATE CORREDOR
Gerente
PROYECTO: HELY FRANCISCO FRANCO GAMBOA
Subgerente administrativo
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