MANUAL PARA EL USO DEL BENEFICIO DE SALA CUNA Dirección Nacional Exeter 540 D, Fono: (041) 2106850 Mail: contacto@tdesperanza.cl Concepción Marzo 2014 2 INDICE 1. Manual Instructivo de Uso del Beneficio de Sala Cuna; Procedimiento y pago de Sala Cuna 2. Anexos a. b. c. d. Acta de Entrega de Manual de Sala Cuna a Director(a). Ficha de Solicitud de Beneficio de Sala Cuna Acta de entrega de Manual de Sala Cuna a Trabajadora. Instructivo para trabajadoras que trabajan en Fundación Tierra de Esperanza y son madres de un(a) menor cuyo rango de edad va desde los 84 días y los 2 años de edad. e. Exigencias de la Madre a Sala Cuna. f. Exigencias al Convenio de Sala Cuna. Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | contacto@tdesperanza.cl www.tdesperanza.cl 3 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE SALA CUNA a. El Director de Proyecto/Regional, según corresponda, deberá mantener un convenio vigente con sala cuna, la cual deberá cumplir íntegramente con todos los requisitos establecidos por Ley. Si el proyecto o dirección regional no cuenta con convenio vigente, se deberán realizar tres cotizaciones de Sala Cuna (quien realiza las cotizaciones es el empleador y excepcionalmente la trabajadora), las cuales deberán cumplir con todos los requisitos que le impone la Ley. b. El Director de Proyecto o Director Regional envía la solicitud de sala cuna al Área Personas, identificando el nombre de la trabajadora, la sala cuna en convenio o las tres cotizaciones, así como el periodo de uso del beneficio; constatando claramente el inicio. Todos estos datos quedan claramente explicitados al completar la ficha de Solicitud de Beneficio de Sala Cuna adjunta. c. Área Personas recibe dicha solicitud y otorga el VB por escrito al Director del Proyecto, considerando un valor referencial de $150.000 a $206.000, por jornada completa. Excepcionalmente, por razones de seguridad, salud, distancia u otra causal que lo amerite, se realizará análisis en torno a valores superiores a los señalados, para lo cual la trabajadora debe elaborar una solicitud por escrito al Área Personas, explicando las razones. d. El Director de Proyecto deberá verificar y garantizar, si la Sala Cuna está empadronada y anotar el Nº de RUE, para verificarlo con el nº que vendrá en el convenio o contrato. e. Una vez aprobada la Solicitud de Sala Cuna por el área Personas, el Director de Proyecto/Director Regional deberá enviar a la sala cuna respectiva, el Instructivo en que se indican las características del Convenio, así como las partes que firman dicho Convenio; Representante de Sala Cuna, Director Ejecutivo Fundación Tierra de Esperanza y Trabajadora Beneficiaria. f. El Director de Proyecto/Director Regional recibe convenio de Sala Cuna debidamente firmado y lo deriva al área Personas para su revisión y firma de Convenio. g. Área Personas recibe convenio de Sala Cuna y lo revisa, otorgando VB para la Firma de Director Ejecutivo. h. Una vez firmado el Convenio por Director Ejecutivo, área Personas lo reenvía a Director de Proyecto/Director Regional señalando claramente que una copia queda para Dirección Nacional, otra para la Sala Cuna y una tercera copia para la Trabajadora. 4 DEL PAGO DE SALA CUNA. 1. El pago de la sala cuna será de cargo del proyecto debiendo ser considerado en las proyecciones presupuestarias cuando corresponda. 2. El monto a pagar deberá considerar la jornada y los días efectivamente laborados por la trabajadora. 3. La Fundación no se encuentra obligada a pagar los gastos de sala cuna durante los períodos en que las trabajadoras que tienen un hijo menor de dos años, hacen uso de feriado o de permiso por enfermedad u otra causa. 4. En caso que la jornada de la trabajadora no sea completa, la respectiva sala cuna se pagará proporcionalmente a su jornada. 5. Al momento de materializar el pago de la Sala Cuna, es la Fundación quien retira la Boleta o bien, la Sala Cuna se la envía directamente a la Fundación para el pago, a través de Director de Proyecto. 6. La Fundación se reserva el derecho a verificar la asistencia del hijo/a de la trabajadora a la sala cuna. 5 A N E X OS 6 USO EXCLUSIVO FUNDACIÓN ACTA DE ENTREGA MANUAL DE SALA CUNA A DIRECTOR INSTRUCTIVO SOBRE USO DEL BENEFICIO DE SERVICIO DE SALA CUNA PARA MADRES TRABAJADORAS DE FUNDACIÓN TIERRA DE ESPERANZA CUYOS HIJOS(AS) TENGAN DE 84 DÍAS HASTA 2 AÑOS DE EDAD NOMBRE DIRECTOR : NOMBRE PROYECTO : FECHA : Manual Instructivo de Uso del Beneficio de Sala Cuna; Procedimiento y pago de Sala Cuna. SE ENTREGA EL INSTRUCTIVO AL DIRECTOR DE PROYECTO, REFERIDO A: USO DEL BENEFICIO DE SALA CUNA Anexos: a. Acta de Entrega de Manual de Sala Cuna a Director(a). b. Ficha de Solicitud de Beneficio de Sala Cuna c. Acta de entrega de Manual de Sala Cuna a Trabajadora. d. Instructivo para trabajadoras que trabajan en Fundación Tierra de Esperanza y son madres de un(a) menor cuyo rango de edad va desde los 84 días y los 2 años de edad. e. Exigencias de la Madre a Sala Cuna. f. Exigencias al Convenio de Sala Cuna. ---------------------------------------------------FIRMA Y RUT DIRECTOR DE PROYECTO Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | contacto@tdesperanza.cl www.tdesperanza.cl 7 FICHA SOLICITUD DE USO DEL BENEFICIO DE SALA CUNA (Ficha a completar por el Director de Proyecto y posterior envío al Área Personas) NOMBRE DE LA TRABAJADORA : ………………………………………….. CARGO DE LA TRABAJADORA : …………………………………………… TIPO DE CONTRATO : ………………….................................. PROYECTO : …………………………………………… DIRECTOR DEL PROYECTO : …………………………………………… ADMINISTRATIVO DEL PROYECTO : …………………………………………… REFERENTE FINANCIERO : …………………………………………… --------------------------NOMBRE Y FIRMA DIRECTOR ----------------------------NOMBRE Y FIRMA TRABAJADORA Uso exclusivo de Dirección Nacional, Área Personas LA SOLICITUD ES APROBADA: SÍ ……… / NO ……… Observaciones: ……………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………. Respuesta al Director de Proyecto /Director Regional SOLICITUD APROBADA RECHAZADA …………… ………….. ------------------------------------NOMBRE Y FIRMA Encargada Nacional Área Personas Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | contacto@tdesperanza.cl www.tdesperanza.cl 8 USO EXCLUSIVO FUNDACIÓN ACTA DE ENTREGA MANUAL DE SALA CUNA A TRABAJADORA USO DEL BENEFICIO DE SERVICIO DE SALA CUNA PARA MADRES FUNCIONARIAS DE FUNDACIÓN TIERRA DE ESPERANZA HIJOS(AS) DESDE 84 DÍAS HASTA 2 AÑOS DE EDAD NOMBRE TRABAJADORA : CARGO DE LA TRABAJADORA : NOMBRE DEL HIJO O HIJA : EDAD DEL HIJO O HIJA : PROYECTO : DIRECTOR DEL PROYECTO : FECHA : SE ENTREGA EL INSTRUCTIVO PARA USO DEL BENEFICIO DE SALA CUNA Manual Instructivo de Uso del Beneficio de Sala Cuna; Procedimiento y pago de Sala Cuna. Anexos: a. Acta de Entrega de Manual de Sala Cuna a Director(a). b. Ficha de Solicitud de Beneficio de Sala Cuna c. Acta de entrega de Manual de Sala Cuna a Trabajadora. d. Instructivo para trabajadoras que trabajan en Fundación Tierra de Esperanza y son madres de un(a) menor cuyo rango de edad va desde los 84 días y los 2 años de edad. e. Exigencias de la Madre a Sala Cuna. f. Exigencias al Convenio de Sala Cuna. ---------------------------------------------------FIRMA Y RUT TRABAJADORA Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | contacto@tdesperanza.cl www.tdesperanza.cl 9 Instructivo para trabajadoras que trabajan en Fundación Tierra de Esperanza y son madres de un(a) menor cuyo rango de edad va desde los 84 días y los 2 años de edad. SEGÚN JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES / JUNJI CÓMO ELEGIR BIEN UNA SALA CUNA Se considera sala cuna y jardín infantil a todo establecimiento que reciba durante el día a niños y niñas desde los 84 días hasta la edad de su ingreso a la Educación General Básica y les proporcione atención integral que comprenda alimentación adecuada, cuidado y educación correspondiente a su edad. Sala Cuna: menor – desde los 84 días hasta 1 año. mayor – desde 1 año hasta 2 años. PARA ELEGIR SALAS CUNAS SE RECOMIENDA CONSIDERAR: LA INFRAESTRUCTURA Es importante poner atención en la iluminación, los servicios de higiene, la calefacción del recinto, el sistema de ventilación, los patios y las condiciones de seguridad para los párvulos. EL EQUIPAMIENTO Y EL MATERIAL DIDÁCTICO Las aulas y espacios educativos deben ser acogedores, decorados y que se encuentren a la altura de los párvulos. Además, debe existir material didáctico seguro y suficiente que estimule todas las áreas de desarrollo, aprendizaje y crecimiento de los niños y niñas. EL PERSONAL La sala cuna debe contar con una directora, educadoras y técnicas en atención de párvulos, manipuladora de alimentos y auxiliar de servicios menores. Todas las profesionales y técnicas deben contar con sus títulos debidamente reconocidos por el Ministerio de Educación. El establecimiento educacional podrá contar, además, con nutricionistas, enfermeras, pediatras, sicólogos u otros profesionales. Los padres y madres pueden y deben solicitar al establecimiento los documentos que certifiquen los títulos y estudios correspondientes del personal educativo y administrativo. EL PROYECTO EDUCATIVO El proyecto educativo debe contemplar la misión del establecimiento, sus objetivos y metas, sus normas y organización, un sistema de evaluación de aprendizaje de los párvulos y la participación de la familia, la cual es fundamental en el proceso de crecimiento de los niños y niñas. 10 EMPADRONAMIENTO En caso de que el jardín infantil o la sala cuna sean privados, los padres y madres deben solicitar el certificado de empadronamiento del establecimiento, documento que garantiza la calidad del servicio que recibirán los párvulos. ¿QUÉ ES LA JUNJI? La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) es una institución del Estado de Chile creada en 1970 por la Ley N° 17.301, como un estamento autónomo vinculado al Ministerio de Educación y cuyo fin es atender la educación inicial del país. La misión de JUNJI consiste en brindar una educación inicial de calidad a niños y niñas, preferentemente menores de cuatro años, que viven en condiciones de vulnerabilidad, en el marco del Sistema de Protección a la Primera Infancia Chile Crece Contigo, de modo de garantizar su desarrollo en igualdad de oportunidades, a través de la creación, promoción, supervisión y certificación de salas cunas y jardines infantiles administrados en forma directa o por terceros. La JUNJI trabaja en todo el territorio nacional, con sus diversos programas educativos, desde Putre hasta la Antártida, incluyendo Isla de Pascua y Juan Fernández. Su estructura está organizada por un nivel central y por Direcciones Regionales que tienen como labor principal desarrollar las funciones que por ley le corresponde a la institución en cada región, representando a la Vicepresidenta Ejecutiva y haciendo cumplir los planes, programas, políticas y metas de la institución, a través de la coordinación de su quehacer con las autoridades regionales, provinciales y comunales. ¿QUÉ ES EL EMPADRONAMIENTO? El empadronamiento consiste en una certificación de fe pública que la JUNJI entrega a la comunidad por medio de la cual acredita que un establecimiento en el que funciona una sala cuna y/o un jardín infantil constituye un espacio educativo ajustado a la normativa. Es decir, que reúne condiciones básicas de infraestructura, seguridad, personal idóneo y que cuenta con un proyecto educativo apropiado para los párvulos. El empadronamiento garantiza aspectos clave referidos al cuidado y educación de los niños y niñas menores de seis años. En JUNJI el empadronamiento tiene una vigencia indefinida. Sin embargo, la fiscalización y supervigilancia que realiza la institución puede ocasionar el revocamiento de este proceso, si es que se comprueba que un determinado establecimiento ha dejado de cumplir con las normas que en materia de calidad dicta la JUNJI. Por otra parte, el empadronamiento provisorio se otorga por un período de seis meses a un establecimiento de educación preescolar que no representa riesgos para los párvulos y que se encuentra en proceso de tramitación de la recepción definitiva y de la materialización de las obras que permitan cumplir con las normas de general aplicación. Para más información: Página web: www.junji .cl 11 Toda Trabajadora de Fundación Tierra de Esperanza que use el servicio de sala cuna tiene derecho a revisar, verificar y solicitar de la sala cuna lo siguiente: 1. Si la sala cuna es privada, las madres y padres deben solicitar el certificado de empadronamiento del establecimiento, documento que garantiza la calidad del servicio que recibirán los niños(as). 2. Verificar la iluminación, los servicios de higiene, la calefacción del recinto, el sistema de ventilación, los patios y las condiciones de seguridad para los niños(as). 3. Verificar si las aulas y espacios educativos son acogedores, decorados y que se encuentren a la altura de los pequeños. Además, debe verificar si existe material didáctico seguro y suficiente que estimule todas las áreas de desarrollo, aprendizaje y crecimiento de los niños y niñas. 4. Verificar que la sala cuna cuente con una directora, educadoras y técnicas en atención de párvulos, manipuladora de alimentos y auxiliar de servicios menores. El establecimiento podrá contar, además, con nutricionista, enfermeras, pediatras, sicólogos y otros profesionales. 5. Los padres y madres pueden y deben, solicitar al establecimiento los documentos que certifiquen los títulos y estudios correspondientes del personal educativo y administrativo. 6. Verificar el proyecto educativo, éste debe contemplar la misión del establecimiento, sus objetivos y metas, sus normas y organización, un sistema de evaluación de aprendizaje de los párvulos y la participación de la familia, la cual es fundamental en el proceso de crecimiento de los niños y niñas. 7. Los padres y madres, deben verificar con qué servicios de urgencia cuenta la sala cuna. 8. Los padres y madres, deberán entregar por escrito y contra firma, antecedentes médicos acerca de enfermedades, alergias u otro tipo que provoquen problemas de salud al niño(a). 9. Tener conocimiento al inicio de lo que se necesitará referente a: efectos personales y materiales de trabajo, solicitar lista. Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | contacto@tdesperanza.cl www.tdesperanza.cl 12 Todo convenio o contrato de sala cuna que firme el representante legal y la madre trabajadora de la Fundación Tierra de Esperanza, deberá contener: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Puede ser contrato o convenio. Ciudad, fecha y año. Identificación Fundación Tierra de Esperanza y su representante legal. Identificación de la Sala Cuna. RUT y direcciones respectivas de ambas entidades. Identificación del o la menor y su edad. Identificación de la madre, Trabajadora de Tierra de Esperanza y Proyecto. Indicar si la sala cuna está empadronada y el Nº de RUE. Jornada de permanencia del o la menor, fijado de común acuerdo entre la madre y él o la prestadora de servicios de la sala cuna. 10. Indicar los días festivos extraordinarios. 11. Indicar claramente, cómo serán conducidos y retirados los menores de la sala cuna. 12. Las obligaciones de la sala cuna: a. Alimentación b. Cuidado y limpieza de los menores c. Iluminación adecuada d. Servicios de higiene apropiados e. Cuenta con calefacción f. Cuenta con ventilación g. Cuenta con las condiciones de seguridad para los niños(as) h. Cuenta con material didáctico seguro y suficiente que estimule todas las áreas de desarrollo, aprendizaje y crecimiento de los niños(as) i. Cuenta con servicios de urgencia, especificar. j. Prohibición de asistencia de niños(as) con enfermedades infectocontagiosas a la sala cuna. 13. Como política de Puertas Abiertas, los padres o madres podrán compartir con sus hijos durante jornadas. 14. La sala cuna debe contar con una directora, educadoras y técnicas en atención de párvulos, manipuladora de alimentos y auxiliar de servicios menores. 15. Mencionar si cuenta, además, con nutricionista, enfermeras, pediatras, psicólogos y otros profesionales. 16. Indicar el valor de la matrícula. 17. Indicar el valor mensual. 18. Indicar tiempos de reajustes 19. Indicar día de pago. 20. Fecha de inicio desde que comienza a operar el contrato o convenio y con una duración máxima hasta que el menor cumpla los dos años de edad. 21. Firma representante legal de la Fundación Tierra de Esperanza, y RUT. 22. Firma la o el Prestador de servicios de sala cuna, y RUT. 23. Firma la madre del menor y su RUT. Además deberá escribir, siempre y cuando esté conforme con el servicio prestado, bajo su firma lo siguiente: “Firmo en términos claros y estoy en conocimiento de los servicios que presta la sala cuna nombre “………..”, y acepto en conformidad” Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | contacto@tdesperanza.cl www.tdesperanza.cl
© Copyright 2024