MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES 2014 PLAN DE FORMACIÓN DE DIRECTORES Junio 2014 1 Índice del Manual de Preguntas Frecuentes Contenido I. II. ¿Qué es el Plan de Formación de Directores? ...................................................................... 8 1. ¿En qué consiste el Plan de Formación de Directores? ................................................. 8 2. ¿Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación?.......................... 8 3. ¿Qué Instituciones impartirán acciones de formación? ................................................ 8 4. ¿En qué consisten los beneficios de esta beca?............................................................. 8 5. ¿Qué duración tiene la beca? ........................................................................................ 9 ¿Quiénes pueden postular a la beca? ................................................................................... 9 6. ¿Quiénes pueden postular a la beca?............................................................................ 9 7. ¿Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL N°1, de 1996 del MINEDUC, del Estatuto Docente? ........................................................................................................... 9 8. ¿Cuáles son los requisitos generales de postulación? ................................................... 9 9. ¿Existe límite de edad para postular a la Beca? .......................................................... 10 10. ¿Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo postular en esta convocatoria? ........................................................................................... 10 11. ¿Qué pasa con las personas que mantienen el Crédito Solidario / Con Aval del Estado y repactaron su deuda? ........................................................................................... 10 12. ¿Qué significa no estar moroso? ............................................................................. 10 13. ¿Puedo postular si no rendí la PSU/PAA? ................................................................ 10 14. Si soy educador/a diferencial ¿Puedo postular a la beca? ...................................... 10 15. ¿Puedo postular a la Beca del Plan de Formación de Directores si soy psicólogo o fonoaudiólogo? ................................................................................................................... 10 16. Si actualmente me encuentro realizando una Beca Conicyt/Beca Chile ¿Puedo postular?.............................................................................................................................. 11 III. ¿Cómo y cuándo puedo postular al programa de perfeccionamiento? ......................... 11 17. ¿Dónde puedo retirar las Bases de postulación? .................................................... 11 18. ¿Cuál es el plazo para postular? .............................................................................. 11 19. ¿Cómo puedo postular?........................................................................................... 11 20. ¿Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica? ........................................ 11 21. En caso de postular por papel ¿Cuál es el horario de atención de la Oficina de Partes del Ministerio de Educación? ................................................................................... 12 2 22. Si mi establecimiento educacional o mi institución educacional no tiene RBD, ¿cómo puedo postular? ....................................................................................................... 12 23. Si actualmente trabajo en una Fundación que tiene más de un establecimiento educacional asociado, puedo escribir el RBD de alguno de ellos para postular?................ 12 24. Tengo problemas para completar el campo de RBD del establecimiento............... 12 25. ¿En qué grupo debo postular?................................................................................. 12 26. Si soy jefe de UTP en un colegio particular subvencionado ¿En qué grupo debo postular?.............................................................................................................................. 13 27. ¿Cómo completar los campos de experiencia laboral vigente si me encuentro cesante? .............................................................................................................................. 13 28. IV. a) b) ¿Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo? ............ 13 Documentos para la postulación..................................................................................... 13 Consultas generales de los documentos solicitados ....................................................... 13 29. ¿Se requieren documentos originales o pueden ser copias? ................................... 13 30. ¿Qué documentos de postulación debo presentar? ................................................ 14 Dificultades con documentos al momento de postular .................................................. 16 31. No puedo adjuntar los archivos. ¿Qué puedo hacer? ............................................. 16 32. Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, ¿Perjudica mi postulación esta situación? ................................................................................................. 17 c) Consultas según tipo de documento solicitado .............................................................. 17 Declaración Jurada y formulario de autorización ............................................................... 17 33. La Declaración Jurada y el Formulario de autorización ¿son ante Notario? ........... 17 Certificado de experiencia profesional ............................................................................... 17 34. El Certificado de experiencia ¿sólo debe indicar experiencias anteriores? ............. 17 35. ¿Quién firma el Certificado de experiencia profesional?......................................... 17 36. ¿A quién corresponde el Empleador? ...................................................................... 17 37. Si el cargo que ejerzo actualmente es de Director, ¿los años de experiencia deben ser en esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente? .............................. 18 38. Si soy director (a) y sostenedor(a) ¿Quién debe firmar el Certificado de Experiencia? 18 39. ¿Cómo obtengo el Certificado de Experiencia profesional si es que mi establecimiento educacional está cerrado? ........................................................................ 18 40. Respecto a los 3 años de experiencia profesional requeridos para postular ¿Pueden ser años de experiencia en un establecimiento educacional extranjero? ........................... 18 3 41. ¿Puedo ocupar el certificado de experiencia de años pasados si postulé el año 2011, 2012 o 2013? ............................................................................................................. 18 Certificado de Directivo....................................................................................................... 19 42. ¿Quiénes deben presentar el Certificado de Directivo? .......................................... 19 43. ¿Quién debe firmar el Certificado de Directivo? ..................................................... 19 Certificado de Autorización o Habilitación.......................................................................... 19 44. Si soy profesional de la educación ¿Debo presentar el certificado de habilitación o autorización vigente? .......................................................................................................... 19 45. ¿Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente? ................ 19 46. ¿A qué corresponde la copia de un certificado de grado académico? .................... 19 47. ¿De dónde obtengo los certificados si mi Universidad está cerrada? ..................... 20 48. ¿Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking? ................................. 20 49. Si tengo dos títulos de pregrado ¿Cuál debo adjuntar? .......................................... 20 50. ¿Cómo sé si mi título profesional tiene el nivel y contenidos equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado, necesario para postular a Magíster? ..... 20 51. Si la institución que emite mi certificado de Ranking no alcanza a tenerlo en el plazo, ¿puedo presentar un certificado de concentración de notas?.................................. 20 52. ¿Dónde puedo descargar el formato del ensayo? ................................................... 21 53. ¿Quién debe emitir el certificado de residencia? .................................................... 21 54. Respecto al Certificado de Residencia, que debe estar vigente ¿Qué significa estar “vigente”?............................................................................................................................ 21 Evaluación de desempeño de superior jerárquico.............................................................. 21 55. ¿Quién debe evaluarme si mi director también está postulando al Plan? .............. 21 56. ¿Quiénes deben presentar evaluación de desempeño del superior jerárquico? ..... 21 57. ¿Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo? .............. 22 58. Si soy director, ¿necesito que me evalúen? ............................................................. 22 59. ¿Cómo debo presentar mi Evaluación de Desempeño del superior jerárquico? ..... 22 60. Mi superior jerárquico está con licencia, ¿quién debe realizar mi evaluación de desempeño? ........................................................................................................................ 23 61. Envié los datos de mi superior jerárquico por correo electrónico al Plan de Formación de Directores, sin embargo, aún no le llega el formulario de evaluación a mi jefe. ¿Qué hago? ................................................................................................................. 23 62. Si durante mi experiencia profesional tuve más de un superior jerárquico, ¿A quién le debo pedir estos certificados de Evaluación del Superior Jerárquico? ............................ 23 63. Si soy docente de una escuela rural ¿Quién debe evaluarme si no tengo director? 23 4 V. Elección de programas ........................................................................................................ 23 64. ¿Cuántos programas de formación debo elegir? .................................................... 23 65. Cuando debo elegir programas en la etapa 5, no puedo ver algunos de los que me interesa. ¿Por qué? .............................................................................................................. 24 66. No encuentro la información de los programas, ¿Dónde puedo revisarla? ............ 24 67. Si soy Director ¿puedo postular a alguno de los programas destinados para otros profesionales? ..................................................................................................................... 24 68. Soy profesor y no tengo licenciatura, ¿puedo postular a los programas tipo magíster?............................................................................................................................. 24 69. Soy docente, pero me encuentro reemplazando al director de mi establecimiento ¿Puedo postular a un programa dirigido a Directores? ...................................................... 25 VI. VII. VIII. ¿Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará a los seleccionados? .......... 25 70. ¿Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones? ....................................... 25 71. ¿Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada? .................................. 25 72. ¿Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar la beca? . 25 73. ¿Qué pasa si rechazo la opción para la cual fui seleccionado? ............................... 26 Una vez seleccionado, ¿qué sigue? ................................................................................. 26 74. ¿Cuándo me convierto en Becario del Plan de Formación? .................................... 26 75. ¿Debo firmar algún convenio? ................................................................................ 26 76. Si me adjudico la beca, ¿debo firmar algún documento como garantía?............... 26 ¿Qué beneficios y obligaciones tendré como becario? .................................................. 27 77. ¿Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi programa de formación?..................................................................................................... 27 78. ¿Bajo qué condiciones administrativas contractuales asistirían los becarios a las actividades del programa adjudicado? ............................................................................... 28 79. ¿Cuándo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? ......... 28 80. ¿Cómo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? ............ 28 81. ¿Cuáles son las condiciones de retribución de la beca? .......................................... 28 82. ¿Cuáles son las sanciones en caso que incumpliera las obligaciones asumidas en la beca? 29 83. Si obtengo la Beca al Plan de Formación de Directores ¿Puedo luego postular a la beca Conicyt /Chile? ............................................................................................................ 29 84. Respecto a la retribución a la beca ¿Se puede realizar en el establecimiento educacional en que se está trabajando? ............................................................................. 29 5 85. ¿Qué se entiende por establecimientos educacionales por el DFL Nº2 de 1998 y por la ley Nº 3.166? ................................................................................................................... 29 86. Si luego de postular al cargo de director, me adjudico el cargo ¿Debo postular dos veces más? .......................................................................................................................... 30 87. Si resulto ser beneficiario de la beca, y repruebo una asignatura o módulo dentro del programa, ¿se realizará el cobro de la totalidad del pagaré? ...................................... 30 6 El presente manual está conformado por las preguntas realizados por postulantes a la beca en convocatorias anteriores y por preguntas que podrían surgir respecto de las bases legales del concurso. El propósito de este manual es contribuir a un mejor entendimiento del proceso para que todos los postulantes puedan cumplir en tiempo y forma el proceso de postulación a las becas del Plan de Formación de directores. ACLARACIÓN En caso de diferencias entre este documento y las bases del concurso de becas, prevalecerán las bases del concurso. Las consultas relacionadas con esta convocatoria podrán ser efectuadas por correo electrónico hasta las 16:00 horas del décimo quinto (15) día corrido contado desde la fecha de publicación de las bases. Sin perjuicio de lo anterior, todas las preguntas pertinentes y que digan relación con esta convocatoria, podrán realizarse por vía telefónica hasta el día anterior al cierre del proceso a través del call center (600 6002626). Sólo serán respondidas preguntas atingentes a la presente convocatoria. En el caso que las preguntas cuyas respuestas están contenidas en el presente manual, y sean dirigidas al correo electrónico formaciondirectores@mineduc.cl, no serán respondidas Sólo se hará referencia al numeral correspondiente a las bases y al manual. 7 I. ¿Qué es el Plan de Formación de Directores? 1. ¿En qué consiste el Plan de Formación de Directores? El Plan de Formación de Directores es una iniciativa liderada por Ministerio de Educación a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), que busca formar a profesionales destacados en los conocimientos y capacidades que les permitirán transformarse en directores de calidad para el sistema escolar. El plan se concreta a través de becas entregadas a profesionales seleccionados por el MINEDUC según sus antecedentes académicos, profesionales y motivacionales. Serán los propios becarios quienes elegirán el programa académico del cual quieren participar, entre aquellos seleccionados previamente por el MINEDUC. 2. ¿Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación? Las acciones formativas o tipo de programas comprenden estudios de magíster, diplomado, pasantía y cursos. 3. ¿Qué Instituciones impartirán acciones de formación? Las que conforman la lista de las seleccionadas por el CPEIP para el proceso 2014, y que se encuentran informadas en el sitio web del mismo (www.formaciondirectores.mineduc.cl) o en la plataforma de postulación. 4. ¿En qué consisten los beneficios de esta beca? Los beneficios otorgados a los becarios son los siguientes: 1. El financiamiento corresponde al 90% del costo total del Programa de Formación, incluido los conceptos de matrícula y arancel, el cual será pagado directamente a la Institución de Formación que imparta dicho programa. El 10% restante del valor del programa deberá ser pagado directamente por el becario a la institución, según el plazo y forma establecida por ésta. La institución formadora no podrá exigir ningún otro pago distinto a este 10% por concepto de matrícula o arancel. 2. Asignación mensual de manutención, por concepto de traslado. Ésta será calculada considerando sólo los meses en los que el programa adjudicado imparta clases presenciales, y de acuerdo a los valores establecidos en la tabla para cálculo de la asignación mensual por concepto de traslado referida en las bases. Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en las presentes bases y/o en el convenio será de cargo del becario. Para conocer las obligaciones y retribuciones de esta beca, revisar el apartado “VIII. ¿Qué beneficios y obligaciones tendré como becario?” del presente manual. 8 5. ¿Qué duración tiene la beca? La beca tendrá la misma duración que el programa académico respectivo. Esta duración no podrá exceder el plazo de 12 meses para el magíster, 6 meses para el diplomado y 4 meses para el caso de las pasantías. Los cursos, no tienen un máximo de duración, pero su duración no podrá ser menor a tres meses. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de inicio de los estudios en la institución. II. ¿Quiénes pueden postular a la beca? (Para preguntas relacionadas con la elección de los programas de formación, revisar el apartado “V. Elección de programas” del presente Manual). 6. ¿Quiénes pueden postular a la beca? Podrán postular todos los profesionales de la educación y aquellas personas que cumplan con los requisitos en el Art. 24, inciso final, del Estatuto Docente (DFL N°1, de 1996 del MINEDUC), y que se hayan desempeñado a lo menos durante tres 3 años como profesionales de la educación en establecimientos educacionales al momento de postular. 7. ¿Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL N°1, de 1996 del MINEDUC, del Estatuto Docente? Significa tener un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y haber ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional. Quienes cumplan con este requisito también podrán incorporarse a la función directiva. 8. ¿Cuáles son los requisitos generales de postulación? Ser chileno/a o extranjero/a con permanencia definitiva en Chile. Ser profesional de la educación o cumplir con lo establecido en el Artículo 24, inciso final, del Estatuto Docente, para incorporarse a la función docente directiva. Haberse desempeñado a lo menos durante tres años como profesional de la educación en establecimientos educacionales. No mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas de su situación de becarios. No tener morosidad derivadas del crédito solidario o del crédito con aval del Estado. No encontrarse actualmente formalizado en un proceso penal, ni haber sido condenado por crimen o simple delito. No haber participado, en calidad de becario, del Plan de Formación de Directores, convocatoria 2011, convocatoria 2012 o convocatoria 2013. Presentar solo una postulación, con 3 preferencias de programas. 9 9. ¿Existe límite de edad para postular a la Beca? No existe un límite de edad como requisito para postular a las becas. Sin embargo, al momento de hacerlo se debe considerar que una vez finalizado su programa de estudio, usted deberá retribuir la misma. Esto quiere decir que deberá postular al cargo de director y desempeñar la función durante el tiempo requerido en las bases: cuatro años para profesionales que se adjudiquen beca para programas tipo magíster, y dos años para beneficiarios de otras acciones formativas. 10. ¿Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo postular en esta convocatoria? Sí, podrá postular en esta convocatoria mientras no haya participado en la calidad de becario en el proceso anterior. 11. ¿Qué pasa con las personas que mantienen el Crédito Solidario / Con Aval del Estado y repactaron su deuda? Si existe repactación estas personas no están morosas por lo que pueden postular al proceso. 12. ¿Qué significa no estar moroso? Significa tener el pago de créditos al día. Si usted está con el pago de sus cuotas al día, no se encuentra moroso/a. 13. ¿Puedo postular si no rendí la PSU/PAA? El puntaje PAA/ PSU no es un requisito para la postulación. Por lo tanto, al ingresar a la plataforma, en la etapa "Pruebas de ingreso a la Educación superior", usted deberá responder “NO” a la afirmación "Usted rindió la PAA/PSU", y completar con la información solicitada. 14. Si soy educador/a diferencial ¿Puedo postular a la beca? El título de educador diferencial se encuentra dentro de la categoría de profesionales de la educación, por lo que sí puede postular a la beca. 15. ¿Puedo postular a la Beca del Plan de Formación de Directores si soy psicólogo o fonoaudiólogo? Si usted es psicólogo o fonoaudiólogo, para cumplir con lo señalado en el Artículo 24, inciso final, usted deberá tener un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y haber ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional. 10 16. Si actualmente me encuentro realizando una Beca Conicyt/Beca Chile ¿Puedo postular? En las Bases para Profesionales de esta Convocatoria 2014, se establece como requisito de postulación el no mantener obligaciones con una Institución pública derivada de su situación de Becario. III. ¿Cómo y cuándo puedo postular al programa de perfeccionamiento? 17. ¿Dónde puedo retirar las Bases de postulación? Las Bases están disponibles en el sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl durante todo el proceso de postulación. Además, están disponibles para su retiro junto con los formularios respectivos, en la Oficina de Partes del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas CPEIP, ubicada en Camino Nido de Águilas N° 14.557 comuna de Lo Barnechea, o en la Oficina de Partes del Ministerio de Educación, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1371, Santiago. 18. ¿Cuál es el plazo para postular? El plazo para postular tiene una duración de 25 días corridos desde la publicación de las bases, finalizando el vigésimo quinto día corrido a las 16:00 horas. No se recibirá por ningún medio, documentación, antecedentes y/o información fuera del plazo estipulado. Todas aquellas entregadas fuera del tiempo establecido serán consideradas fuera de bases. 19. ¿Cómo puedo postular? Los interesados deberán presentar su postulación preferentemente por vía electrónica. Para postular debe ingresar a la plataforma de postulación, disponible en la página web www.formaciondirectores.mineduc.cl o www.cpeip.cl. En el sitio encontrará un acceso directo a la plataforma de postulación “Plan de Formación Directores: Postule aquí”. Los postulantes deberán completar un formulario en línea y acompañar la información requerida con los documentos solicitados en las bases y en la plataforma. 20. ¿Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica? Los interesados deberán presentar su postulación preferentemente por vía electrónica. En caso que no le sea posible postular vía plataforma, puede hacerlo presentando los formularios y antecedentes requeridos en papel, adjuntando además un CD con toda la documentación requerida en archivos en formato PDF, DOC o DOCX de no más de 1.024 kb cada uno. 11 Las postulaciones en papel serán recibidas hasta el vigésimo quinto día corrido, desde la publicación de las bases, a las 16:00 horas, en un sobre cerrado indicando “Beca Plan de Formación de Directores”, en la siguiente dirección: Oficina de Partes de Camino Nido de Águilas N° 14.557, comuna de Lo Barnechea, Santiago de Chile o en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1371, Oficina de Partes. Si se presentase más de una postulación, mediante la plataforma y en formato papel, prevalecerá la postulación online y los antecedentes adjuntados a la postulación realizada a través de la plataforma. 21. En caso de postular por papel ¿Cuál es el horario de atención de la Oficina de Partes del Ministerio de Educación? La Oficina de Partes, tanto del CPEIP como de Mineduc Alameda tienen un horario de atención de Lunes a Jueves de 9:00 am a 18:00 pm. Los días viernes el horario de atención es de 9:00 am a 17:00 pm. 22. Si mi establecimiento educacional o mi institución educacional no tiene RBD, ¿cómo puedo postular? Para aquellos profesionales cuyos establecimientos educacionales no tengan RBD, deberán postular como “otra institución” debido a que todavía no han obtenido el reconocimiento oficial del Ministerio de Educación. Por lo tanto, de acuerdo a lo estipulado en las bases, el profesional será evaluado con los criterios correspondientes al grupo 4: Criterios de evaluación para Otros Profesionales que no califican en las categorías anteriores. 23. Si actualmente trabajo en una Fundación que tiene más de un establecimiento educacional asociado, puedo escribir el RBD de alguno de ellos para postular? Sólo se le solicitará escribir el RBD de su institución si usted declara desempeñarse dentro de un establecimiento educacional. 24. Tengo problemas para completar el campo de RBD del establecimiento Debe escribir el RBD en el campo destinado para ello, sin el guión y sin el dígito tras el guión. Si su problema persiste, favor escriba a formaciondirectores@mineduc.cl, indicando el RBD del establecimiento y los datos correspondientes (Nombre y comuna del establecimiento educacional). Con esos antecedentes se revisará su situación. 25. ¿En qué grupo debo postular? En la medida que vaya ingresando sus datos en la plataforma de postulación, y dependiendo de los antecedentes que usted incorpore en ella, el sistema lo/a clasificará en uno de los 12 cuatro grupos de postulantes. Para mayor información, se le solicita remitirse a las Bases de la Convocatoria 201, numeral 9.1 Criterios de evaluación para postulantes. 26. Si soy jefe de UTP en un colegio particular subvencionado ¿En qué grupo debo postular? Si usted postula por plataforma, deberá ingresar sus antecedentes profesionales y laborales durante la etapa 2. De este modo, la plataforma solicitará los antecedentes que sean necesarios para su correcta postulación y consiguiente evaluación. Por lo tanto, usted no deberá asignarse ningún grupo. Si usted postula por papel, deberá considerar sus antecedentes profesionales y laborales, y las alternativas que se dan en las Bases de la Convocatoria 2014. De acuerdo a esto y a lo estipulado en las bases, usted será evaluado con los criterios correspondientes al grupo 4: Criterios de evaluación para Otros Profesionales que no califican en las categorías anteriores. 27. ¿Cómo completar los campos de experiencia laboral vigente si me encuentro cesante? En el campo “Nombre Institución”, anotar “No Aplica”. En el campo “Función desempeñada”, seleccionar “Otro”. En el campo “Ingrese función”, anotar “No aplica”. En el campo “Años”, anotar “1”. 28. ¿Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo? Las postulaciones incompletas, así como aquellas que presenten documentación no solicitada, ilegible, inconsistente, incorrecta o contradictoria, serán declaradas fuera de bases. IV. Documentos para la postulación a) Consultas generales de los documentos solicitados 29. ¿Se requieren documentos originales o pueden ser copias? Los documentos pueden ser originales (emitidos por la autoridad correspondiente para efectos de esta postulación, debidamente firmados y/o timbrados) o copias autorizadas ante notario. Para las postulaciones a través de la plataforma web, deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias autorizada ante notario. Sin perjuicio de lo anterior, los documentos podrán ser solicitados en su versión original o autorizados ante notario, una vez que el postulante se adjudique la beca. 13 30. ¿Qué documentos de postulación debo presentar? Cada postulación, ya sea presentada en línea o en papel deberá estar acompañada de todos los documentos solicitados. Los formatos de estos documentos no deberán modificarse y deberán completarse con todos los datos requeridos. Para las postulaciones en plataforma, deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias autorizadas ante notario. La legalización de los documentos debe ser visible y legible. Sin perjuicio de lo anterior, una vez que el postulante se adjudique una beca, el Ministerio podrá solicitar el original o una copia legalizada de los documentos que se detallan a continuación. Para quienes postulen por papel, los formularios a completar para la presente convocatoria estarán disponibles de forma gratuita junto a las bases de postulación. Éstos podrán ser retirados en la Oficina de Partes del Ministerio de Educación, y en CPEIP. No se aceptarán formatos modificados. Formularios disponibles en la plataforma de postulación i. Formulario de postulación. Usar solo si decide postular en papel; si postula a través de la plataforma, ésta se considerará equivalente al formulario de postulación. En dicho formulario el/la postulante deberá indicar una dirección de correo electrónico permanente, vigente, personal y de uso frecuente, para efectos de realizar las comunicaciones que correspondan. ii. El Ministerio de Educación no se hace responsable por cambios de direcciones electrónicas no comunicadas formal y oportunamente. iii. Ensayo del postulante, según formato disponible en la plataforma de postulación. iv. Declaración jurada, contiene la declaración del cumplimiento de los requisitos de no mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas de su situación de becario, como tampoco tener morosidad derivadas del crédito solidario o del crédito con aval del Estado y de no encontrarse actualmente formalizado en un proceso penal, ni haber sido condenado por crimen o simple delito. Además, la declaración debe contener el compromiso de aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que participará y una autorización para que la institución en la que cursen su programa de formación pueda compartir información con el Ministerio respecto de sus notas, asistencia y desarrollo del programa que se está cursando. v. Certificado(s) del(los) empleador(es), según formato disponible en la web, que acredite(n) haberse desempeñado (a la fecha de postulación) por a lo menos 3 años como profesional de la educación en un establecimiento educacional. Se deberán presentar cuantos certificados se requieran para acreditar experiencia de al menos 3 años. Quienes cumplan con el artículo 24 inciso final, del Estatuto Docente deberán presentar certificado(s) del (de los) empleador(es) que acredite(n) haber ejercido funciones docentes en un establecimiento educacional por al menos 3 años (a la fecha de postulación). Se deberán presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia. 14 vi. Quienes declaren ejercer funciones directivas (director(a), subdirector(a) o inspector(a) general) deberán adjuntar, según formato disponible, el formulario que contenga el cargo desempeñado y el establecimiento educacional. Para certificar la validez del documento, éste deberá incluir la firma y el timbre del sostenedor. vii. Los postulantes que no sean actualmente directivos en cualquier tipo de establecimiento ni docentes o jefes UTP o su equivalente del sector municipal, deberán presentar una “Evaluación de Desempeño” realizada por el director/a del establecimiento educacional donde se desempeñan. Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el nombre y correo electrónico de su director/a, quien recibirá automáticamente una notificación a su correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se deberá completar y enviar la evaluación. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo. Quienes se encuentren actualmente desempleados o se desempeñen en una organización distinta de un establecimiento educacional, deberán presentar una “Evaluación de Desempeño” realizada por el director/a de la época en que se desempeñaron en establecimientos educacionales- Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el nombre y correo electrónico del mencionado director/a, quien recibirá automáticamente una notificación a su correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se deberá completar y enviar la evaluación. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continuaba en la línea de mando especificando el motivo. viii. A los profesionales que les corresponda solicitar una evaluación del superior jerárquico de acuerdo a lo anteriormente detallado, y que postulen presentando los antecedentes en papel (no por plataforma) deberán enviar los datos de su superior jerárquico vía correo electrónico a formaciondirectores@mineduc.cl para que el CPEIP tome contacto con dicha autoridad y le solicite la evaluación. El postulante deberá enviar la solicitud de evaluación al menos siete (7) días hábiles antes del cierre de las postulaciones. ix. Formulario de autorización a CPEIP para verificar datos, según formato disponible en la página web: www.formaciondirectores.mineduc.cl. Otros Documentos a adjuntar en la postulación x. Copia legalizada del título profesional o certificado de título. En caso de que haya sido obtenido en el extranjero, éste deberá encontrarse debidamente convalidado según los casos, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. xi. En el caso de postular a un programa de magíster, el postulante debe además presentar original o copia legalizada del certificado que acredite el grado de licenciado o superior (magíster o doctorado). Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54, letra d) de la ley General de Educación N° 20.370, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el Decreto con fuerza de Ley N°2 del año 2010 del Ministerio 15 de Educación que en la parte pertinente dispone: ”Para optar al grado de magíster se requiere tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado”. Para acreditar el cumplimiento de esta exigencia será menester adjuntar documento emitido por la institución correspondiente que de cuenta de su observancia. xii. Original o copia legalizada del certificado de ranking de egreso y/o titulación de pregrado donde se expresa explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de egresados y/o titulados de su promoción. En caso de no contar con tal certificación, deberá presentar alguno de los siguientes documentos que contengan el promedio final de pregrado: el original o copia legalizada de certificado de concentración de notas; o el título profesional (siempre y cuando contenga el promedio de notas de egreso). Todas las calificaciones deben estar expresadas en escala de 1 a 7; en caso contrario, el/la postulante deberá incluir un certificado emitido por la institución de educación superior de la cual egresó en el que se expliquen las equivalencias. xiii. Original o copia legalizada de algún documento público o privado que acredite la dirección del postulante. Este certificado debe estar emitido a nombre del postulante y en una fecha no anterior a 30 días corridos previos a la publicación de las presentes bases. En caso de no hacerlo, su postulación será considerada fuera de bases. xiv. Los postulantes que sean profesionales de la educación y que se encuentren habilitados o autorizados por el Ministerio de Educación, deberán presentar su certificado de habilitación o autorización vigente, otorgado por Mineduc para ejercer la función docente xv. Postulantes extranjeros/as con permanencia definitiva en Chile deberán presentar certificado vigente de permanencia definitiva en Chile otorgado por Policía Internacional, el Ministerio del Interior o la autoridad que corresponda de acuerdo a la normativa vigente. b) Dificultades con documentos al momento de postular 31. No puedo adjuntar los archivos. ¿Qué puedo hacer? Solicitamos verificar que los documentos estén en el formato indicado en las bases: PDF, DOC o DOCX y no excedan el tamaño señalado: 1.024 Kb. Además, deberá revisar que la extensión del archivo, es decir, “.pdf” “.doc” “.docx” esté en minúscula. Si la dificultad persiste, recomendamos utilizar un navegador diferente (Internet Explorer, Google Chrome, Firefox, etc.). 16 32. Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, ¿Perjudica mi postulación esta situación? Sí la perjudica. Los documentos que usted debe adjuntar en su postulación, deben ser claros, legibles, íntegros y visualizarse de forma completa, de lo contrario podrían ser considerados fuera de bases. c) Consultas según tipo de documento solicitado Declaración Jurada y formulario de autorización 33. La Declaración Jurada y el Formulario de autorización ¿son ante Notario? No. Ambos documentos corresponden a declaraciones simples que sólo necesitan la firma y Rut del postulante. Certificado de experiencia profesional 34. El Certificado de experiencia ¿sólo debe indicar experiencias anteriores? No. Usted deberá presentar tantos certificados se requieran para acreditar la experiencia de al menos 3 años en establecimientos educacionales a la fecha de postulación. Si siempre se ha desempeñado en el establecimiento en el que lo hace actualmente, se debe señalar en el certificado desde qué fecha se desempeña en dicha institución (formato de certificado disponible en la plataforma web y en el sitio www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección Documentos). 35. ¿Quién firma el Certificado de experiencia profesional? El certificado debe ser firmado por el empleador conforme al formato disponible en la plataforma web de postulación o en el sitio www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección Documentos. 36. ¿A quién corresponde el Empleador? a) Para los postulantes que actualmente trabajan en un establecimiento educacional y no ejercen el cargo de Director se entenderá como empleador al Director del establecimiento educacional. b) Para los que ejercen el cargo de Director se entenderá como empleador al Jefe del DAEM, el Director de la Corporación Educacional, o el representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento para el caso de establecimientos particulares subvencionados o particulares pagados. c) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones, están desempleados o realizando otro tipo de actividades, el documento deberá ser 17 completado por el Director de un establecimiento educacional en el cual haya trabajado con anterioridad. d) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones o están desempleados y han ejercido el cargo de director, pero no tienen contrato actual o nombramiento vigente de director, el empleador corresponde a quien fue el sostenedor durante el ejercicio del cargo directivo. Es decir, el jefe del DAEM, al Director de la Corporación o al Representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento. En cualquiera de los casos anteriores en que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector >Inspector General >Sostenedor). 37. Si el cargo que ejerzo actualmente es de Director, ¿los años de experiencia deben ser en esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente? No es necesario que sean solamente en funciones directivas. Se deben presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia (a la fecha de postulación) como profesional de la educación, lo cual se refiere a funciones docentes, docentes-directivas y/o funciones técnico pedagógicas. 38. Si soy director (a) y sostenedor(a) ¿Quién debe firmar el Certificado de Experiencia? Se establece que para estos casos, los certificados mencionados deberán ser firmados por alguno de los socios o directores de la persona jurídica sostenedora de la institución. 39. ¿Cómo obtengo el Certificado de Experiencia profesional si es que mi establecimiento educacional está cerrado? El postulante deberá contactar al empleador de la época en que ejerció el cargo, para que sea completado y firmado por éste. 40. Respecto a los 3 años de experiencia profesional requeridos para postular ¿Pueden ser años de experiencia en un establecimiento educacional extranjero? No, los años de experiencia deben ser en un establecimiento educacional nacional. 41. ¿Puedo ocupar el certificado de experiencia de años pasados si postulé el año 2011, 2012 o 2013? Sí. Asegurar que contenga toda la información requerida y en su conjunto completen al menos 3 años de experiencia. 18 Certificado de Directivo 42. ¿Quiénes deben presentar el Certificado de Directivo? Este documento debe ser presentado por todos los profesionales que a la fecha de postulación desempeñan el cargo de Director, subdirector o Inspector general en cualquier tipo de establecimiento educacional. 43. ¿Quién debe firmar el Certificado de Directivo? El documento debe ser completado, firmado y timbrado, por el sostenedor, o quien subrogue, del establecimiento educacional donde se desempeña el postulante Directivo. El formato está disponible en la plataforma web de postulación y en el sitio www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección Documentos. El formato del documento no puede ser modificado en ningún aspecto. Certificado de Autorización o Habilitación 44. Si soy profesional de la educación ¿Debo presentar el certificado de habilitación o autorización vigente? Si usted es profesor titulado, NO requiere presentar dicho documento, puesto que no requiere de habilitación o autorización para ejercer. Por el contrario, si el postulante no es profesor titulado y está habilitado o autorizado legalmente para ejercer la función docente, SÍ deberá presentar aquel documento conforme a lo establecido en las Bases de postulación. 45. ¿Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente? El certificado de autorización o habilitación docente lo puede solicitar en el Departamento Provincial de Educación o en la Secretaría Regional Ministerial de la comuna donde usted reside actualmente. Certificados emitidos por la Institución en la que estudié 46. ¿A qué corresponde la copia de un certificado de grado académico? Corresponde a un certificado emitido por la institución académica donde el postulante desarrolló sus estudios, que dé cuenta del grado académico. Este documento debe tener timbre y firma del representante de la Universidad, autorizado para su emisión. El grado académico corresponde al de licenciatura, magíster o doctorado. 19 47. ¿De dónde obtengo los certificados si mi Universidad está cerrada? Si su institución cerró entre los años 1993 y 2013, puede adjuntar el documento de la revocación del reconocimiento oficial de la institución, que se encuentra disponible en la página web del Consejo Nacional de Educación (Educación Superior> Licenciamiento > Instituciones Cerradas), caso en el cual no serán considerados esos antecedentes a efectos de su posterior evaluación. Si su institución cerró antes del año 1993 debe dirigirse a la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, pues ellos son los depositarios de los antecedentes curriculares de los alumnos de dichas instituciones. 48. ¿Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking? En caso de no contar con tal certificación, el postulante debe presentar alguno de los siguientes documentos, siempre y cuando contenga el promedio final de pregrado: Certificado de Concentración de notas o título profesional. 49. Si tengo dos títulos de pregrado ¿Cuál debo adjuntar? Le solicitamos que adjunte ambos documentos, señalando el orden en que éstos se obtuvieron. 50. ¿Cómo sé si mi título profesional tiene el nivel y contenidos equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado, necesario para postular a Magíster? Se deberá dirigir a la Institución donde realizó sus estudios de pregrado para averiguar si el título profesional obtenido tiene el nivel y contenidos equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado. A partir de ello, deberá adjuntar un certificado que acredite lo anteriormente expresado. Respecto a un mayor detalle, se le sugiere remitirse al 6.4.10 de las Bases de la Convocatoria 2014. 51. Si la institución que emite mi certificado de Ranking no alcanza a tenerlo en el plazo, ¿puedo presentar un certificado de concentración de notas? En caso de no contar con el Certificado de Ranking deberá presentar alguno de los siguientes documentos que contengan el promedio final de pregrado: el original o copia legalizada de certificado de concentración de notas; o el título profesional (siempre y cuando contenga el promedio de notas de egreso). 20 Ensayo del postulante 52. ¿Dónde puedo descargar el formato del ensayo? El formato para el ensayo está disponible en la etapa 4 del sitio web de postulación: ANTECEDENTES MOTIVACIONALES. También se encuentra en el sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección DOCUMENTOS, en el Formulario de postulación a la beca de Formación de Directores. Certificado de residencia 53. ¿Quién debe emitir el certificado de residencia? Este certificado, en original o copia legalizada, debe estar emitido a nombre del postulante por la Junta de Vecinos o por la autoridad y/o persona facultada para otorgarlo, de acuerdo a la normativa vigente. Asimismo, se aceptará original o copia legalizada de algún documento público o privado que acredite la dirección del postulante, emitido a nombre del postulante y en una fecha no anterior a 30 días corridos previos a la publicación de las bases. En caso de no hacerlo, su postulación será considerada fuera de bases. 54. Respecto al Certificado de Residencia, que debe estar vigente ¿Qué significa estar “vigente”? Por vigente, se entiende un documento emitido a nombre del postulante y en una fecha posterior a los 30 días previos a la publicación de las bases, es decir al 2 de mayo 2014. Evaluación de desempeño de superior jerárquico 55. ¿Quién debe evaluarme si mi director también está postulando al Plan? En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector >Inspector General >Sostenedor). 56. ¿Quiénes deben presentar evaluación de desempeño del superior jerárquico? Los postulantes que ejerzan como docentes en Establecimientos Particulares Subvencionados o de Administración Delegada, y todos aquellos profesionales que no califican en las otras categorías. Ellos deberán presentar una “Evaluación de desempeño” realizada por el director/a del establecimiento educacional donde se desempeñan. Los postulantes que actualmente están desempleados, realizando otro tipo de actividades o se desempeñan en una institución distinta a un establecimiento educacional, deben presentar una “Evaluación de desempeño” realizada por el director/a de la época en que trabajó en un establecimiento educacional. 21 57. ¿Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo? Tipo de postulante Quién corresponde que realice la Evaluación de Desempeño Docentes que ejercen funciones No deben presentar Evaluación de Desempeño del directivas (Director, Subdirector e Superior Jerárquico. Inspector general en ejercicio) Docentes y Jefes UTP o su No deben presentar Evaluación de Desempeño del equivalente, que ejercen en Superior Jerárquico. establecimientos educacionales municipales Docentes que ejercen en El Director del establecimiento educacional donde establecimientos particulares, ejercen sus labores. subvencionados y de administración En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien delegada continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector > Inspector General > Sostenedor). Otros profesionales de la educación, La evaluación debe ser realizada por el director de que no califican en las categorías alguna de las unidades educativas en que se anteriores desempeñó. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector > Inspector General > Sostenedor). 58. Si soy director, ¿necesito que me evalúen? No. Sólo deberán presentar esta evaluación los postulantes que actualmente no son directivos de establecimientos educacionales, ni docentes o jefes de UTP o su equivalente del sector municipal. 59. ¿Cómo debo presentar mi Evaluación de Desempeño del superior jerárquico? Si la postulación se está realizando a través de la plataforma web, los datos de quien realizará la evaluación deben ser ingresados por el postulante en el mismo sitio para solicitar la evaluación a su jefe directo. Sólo en el caso de postular por papel los profesionales deben enviar los datos del director a formaciondirectores@mineduc.cl, si esta es la situación, el postulante debe enviar la solicitud de evaluación al menos siete (7) días hábiles antes del cierre de la postulación. 22 60. Mi superior jerárquico está con licencia, ¿quién debe realizar mi evaluación de desempeño? Como está estipulado en las bases, los antecedentes de desempeño profesional deben ser aportados por quien desempeña el cargo actualmente. En caso que usted subrogue a ese cargo, deberá solicitar la evaluación al cargo inmediatamente superior. 61. Envié los datos de mi superior jerárquico por correo electrónico al Plan de Formación de Directores, sin embargo, aún no le llega el formulario de evaluación a mi jefe. ¿Qué hago? Aquella información sólo es necesaria para los profesionales que están realizando su postulación por papel. En el caso de que el postulante esté realizando el proceso por plataforma o decida hacerlo así, al ingresar los datos al sitio web, el formulario de evaluación será automáticamente enviado a quien se ha indicado como superior jerárquico. Si usted está realizando su postulación por papel y envío la solicitud de evaluación a formaciondirectores@mineduc.cl y su superior jerárquico no ha recibido la evaluación en 48 horas, sugerimos verificar que el correo haya sido correctamente enviado. 62. Si durante mi experiencia profesional tuve más de un superior jerárquico, ¿A quién le debo pedir estos certificados de Evaluación del Superior Jerárquico? Este documento deberá ser completado por el último Superior Jerárquico del postulante. En caso de imposibilidad de acceder a éste deberá dirigirse al anterior a él, justificando el motivo de por qué el último superior jerárquico no completó esta evaluación. 63. Si soy docente de una escuela rural ¿Quién debe evaluarme si no tengo director? Se considerará al sostenedor como su superior jerárquico para efectos de la evaluación. V. Elección de programas 64. ¿Cuántos programas de formación debo elegir? Los postulantes deben seleccionar tres (3) programas de formación, los cuales deben ser ingresados en orden de preferencia en el sistema de postulación en línea. La información de dichos Programas (contenidos, objetivos, duración, costos y cobertura) se encontrará disponible en el sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl desde el momento en que se abra el proceso de postulación. Al momento de seleccionar los programas, el postulante declara tener en cuenta las características y/o requisitos para participar en ellos (por ejemplo modalidad, costo, horario, duración, idioma, etc.). 23 En caso que el CPEIP determine durante el proceso de adjudicación que un profesional no cumple con los requisitos para participar de un determinado programa, dicha elección se descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes. 65. Cuando debo elegir programas en la etapa 5, no puedo ver algunos de los que me interesa. ¿Por qué? Los programas tienen 3 orientaciones: están orientados a directores, a profesionales que no ejercen como director o tienen orientación mixta (directores en ejercicio y otros profesionales). El sistema de postulación para la selección de los programas opera con filtros, es decir, se despliegan como opción los programas a los que usted puede postular acorde a las categorías mencionadas que usted haya seleccionado durante su postulación en web. 66. No encuentro la información de los programas, ¿Dónde puedo revisarla? La información relacionada con los programas de formación está disponible en el sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl, en la sección Documentos, y en la plataforma de postulación. Para información que no esté contenida en los sitios mencionados, deberá contactar a la institución. 67. Si soy Director ¿puedo postular a alguno de los programas destinados para otros profesionales? No puede. Si es director sólo puede postular a programas destinados a este grupo de profesionales o a programas “mixtos”, los cuales incluyen a directores y otros profesionales. Esto se debe a que los contenidos y metodologías han sido diseñados específicamente para responder a las características y necesidades de los profesionales a los cuales se les ofrecen los programas. 68. Soy profesor y no tengo licenciatura, ¿puedo postular a los programas tipo magíster? Para postular a programas de tipo magíster debe presentar el grado académico de licenciado o superior (magíster o doctorado). Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54, letra d) de la ley General de Educación N° 20.370, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el Decreto con fuerza de Ley N°2 del año 2010 del Ministerio de Educación que en la parte pertinente dispone: ”Para optar al grado de magister se requiere tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado”. Al postular, el profesional deben considerar los requisitos para cada programa (su modalidad, costo, horario, duración, idioma, y otros). En caso de que el postulante no cumpla con los requisitos para participar de un determinado programa al momento de postular, dicha elección se descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes. 24 69. Soy docente, pero me encuentro reemplazando al director de mi establecimiento ¿Puedo postular a un programa dirigido a Directores? En la medida en que la calidad de director pueda ser acreditada por medio de documentación pertinente, usted podrá postular a un programa destinado a directores. VI. ¿Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará a los seleccionados? 70. ¿Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones? Las postulaciones recibidas que cumplan con los requisitos y la documentación solicitada en las Bases, serán evaluadas por la Comisión de Evaluación y Selección, conformado por el Jefe del CPEIP y miembros designados por él. Para proceder a la selección de los postulantes, la Comisión utilizará los antecedentes académicos, profesionales y motivacionales de acuerdo a la descripción que se indica en las Bases de postulación. Sin embargo, los indicadores y ponderaciones en el puntaje final difieren entre los grupos de profesionales. Los grupos de profesionales son los siguientes: 1.- Docentes que ejercen funciones directivas: en este grupo pueden postular directores, subdirectores e inspectores generales en ejercicio en cualquier tipo de establecimiento educacional. 2.- Docentes o Jefes UTP o su equivalente en Establecimientos Educacionales Municipales. 3.- Docentes que ejercen en Establecimientos Educacionales Particular Subvencionado o de Administración Delegada. 4.- Otros profesionales de la Educación que no califican en los grupos anteriores. 71. ¿Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada? Los postulantes que sean seleccionados serán notificados por el CPEIP a través de un correo electrónico dirigido a la dirección electrónica con la cual postuló y a través de una carta certificada dirigida al domicilio señalado por el postulante en el formulario de postulación. Los resultados y la nómina de los seleccionados para el Plan de Formación de Directores, también se comunicará a través del sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl. 72. ¿Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar la beca? Los seleccionados tendrán un plazo de 5 días corridos, a contar de la notificación, para informar al CPEIP la aceptación o el rechazo de la Beca. Dicha comunicación deberá efectuarse 25 por correo electrónico a la dirección formaciondirectores@mineduc.cl, o en su defecto, por comunicación escrita dirigida ala dirección del CPEIP. Es fundamental que usted esté atento a la publicación de los seleccionados en www.formaciondirectores.mineduc.cl y que se asegure de que su aceptación o rechazo sea recibida dentro del plazo. En caso de que el seleccionado no comunique su aceptación o rechazo en el plazo establecido, se asumirá como una renuncia al proceso. 73. ¿Qué pasa si rechazo la opción para la cual fui seleccionado? En caso que el postulante rechace la opción para la cual fue seleccionado, podrá solicitar quedar en lista de espera de los otros programas que postuló. Esta solicitud deberá ser por vía formal, mediante correo electrónico. Si en dicho caso no se genera una vacante, la persona perderá la beca originalmente adjudicada. VII. Una vez seleccionado, ¿qué sigue? 74. ¿Cuándo me convierto en Becario del Plan de Formación? Una vez que usted sea seleccionado, y esté adjudicado en un programa, usted deberá: 1. Ratificar su aceptación en dicho programa; 2. Firmar el convenio de beca con el Mineduc; 3. Suscribir un pagaré de garantía. Sólo una vez que este convenio sea firmado, y suscrito el pagaré, usted se convierte en becario del Plan de Formación de Directores. 75. ¿Debo firmar algún convenio? Sí, deberá firmar un convenio de beca con el Ministerio de Educación, a través del CPEIP de acuerdo a los términos establecidos en las Bases. En el convenio, se establecerán los derechos y obligaciones que tendrán las partes. Estos también se encuentran mencionados de manera general en las Bases de postulación. 76. Si me adjudico la beca, ¿debo firmar algún documento como garantía? Sí. El becario deberá suscribir un pagaré, en garantía por el valor total de los beneficios otorgados por esta beca, que incluye el 90% del costo del programa, y el beneficio por concepto de manutención. Dicho pagaré será proporcionado por el Ministerio de Educación y deberá ser firmado ante notario público. 26 VIII. ¿Qué beneficios y obligaciones tendré como becario? 77. ¿Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi programa de formación? Serán obligaciones del/la becario/a, las siguientes: a) Pagar la parte del costo total del programa que no es cubierta por la beca, en la forma y plazo establecido por la Institución de Formación (10% del valor del programa). b) Iniciar el Programa de Formación en la fecha establecida por el Plan de Formación de Directores. c) Cumplir con los requerimientos exigidos por la Institución que imparta el programa de formación, los cuales serán establecidos en los respectivos convenios. d) Aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que participen. e) Mantener la calidad de alumno/a regular y la continuidad en los estudios durante el período establecido por el Plan de Formación de Directores para su Programa. Cualquier cambio en esta situación deberá ser informado por escrito a CPEIP en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el cese de la calidad señalada. Toda interrupción de estudios deberá realizarse por causa debidamente justificada. En el caso de interrupción de los estudios, el Ministerio determinará en forma fundada si suspende o pone término anticipado al convenio de beca; para estos efectos el Ministerio podrá poner término anticipado a la beca, pudiendo hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca. f) No se aceptarán cambios, sean éstos de Institución Formadora y/o Programa. En caso que el becario decida cambiar de programa y/o institución, el Ministerio pondrá término anticipado a la beca. En estos casos, el Ministerio estará facultado para hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca. g) Utilizar los beneficios de la beca únicamente para el Programa seleccionado por el becario en el Convenio. h) Participar de las actividades de promoción y/o divulgación del Plan de Formación de Directores, cuando sea solicitado por el Ministerio. i) Acreditar la obtención del grado académico, certificación u otro equivalente, según corresponda, así como el cumplimiento de sus obligaciones, una vez finalizada la Beca y de acuerdo a los plazos y condiciones señalados en los respectivos convenios de Becas. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones precedentemente descritas, sin causa justificada, el Ministerio estará facultado para terminar anticipadamente la beca y exigir la restitución total de los beneficios económicos entregados, según DS 44 del 2011 del Mineduc. Las obligaciones del becario, están detalladas en el numeral 14 (obligaciones generales del/de la becario/a) de las bases del presente concurso. 27 78. ¿Bajo qué condiciones administrativas contractuales asistirían los becarios a las actividades del programa adjudicado? Las condiciones contractuales de los becarios para asistir al programa adjudicado dependerán únicamente del acuerdo entre éste y su empleador. Para ello, al momento de la postulación se encuentran disponibles y a la vista las características de horario y lugar de realización de los programas seleccionados. 79. ¿Cuándo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? Sólo se pagará la primera cuota de esta asignación una vez que el convenio entre el Ministerio y el becario se encuentre totalmente tramitado. 80. ¿Cómo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? El pago se realizará en 2 cuotas mediante transferencia bancaria o depósito. El becario será responsable de entregar sus datos de cuenta bancaria correctamente al momento de ser solicitados. En todo caso, el pago podrá ser diferido en relación al tiempo en que efectivamente el becario incurrió en el gasto. 81. ¿Cuáles son las condiciones de retribución de la beca? Una vez finalizada su participación en un programa de formación, los beneficiarios tendrán las siguientes obligaciones de retribución: a) Deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para el cargo de director de un establecimiento educacional, regido por el DFL N°2, de 1998, del Ministerio de Educación y por el Decreto Ley N° 3.166, de 1980, en un plazo máximo de 5 años, contados desde el egreso del becario del programa de formación. En caso de quedar seleccionado, el beneficiario deberá ejercer dicho cargo por un período mínimo de 4 años en el caso de los beneficiarios de magíster, y de 2 años en el caso de los beneficiarios de otras acciones formativas. b) Si no queda seleccionado para el cargo de director, deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para ejercer una función docente, docente-directiva o técnico-pedagógica en un establecimiento de educación regido por el DFL N°2, de 1998, del Ministerio de Educación y por el Decreto Ley N° 3.166, de 1980. En el caso de los beneficiarios de magíster, esta obligación tendrá una vigencia de al menos 4 años luego de terminados los procesos de postulación al cargo de director. En el caso de quedar seleccionado, deberá ejercer la función por un período de a lo menos 4 años. Mientras que para los beneficiarios de otras acciones formativas, esta obligación tendrá una vigencia de a lo menos 2 años y, en el evento de quedar seleccionado, deberá ejercer la función por un período de a lo menos 2 años. 28 Igualmente, en el evento de quedar seleccionados en funciones docente o técnico-pedagógica, podrán continuar postulando al cargo de director y en el caso de adjudicarse este último, podrá imputar el tiempo trabajado en funciones docentes, docente-directivas y técnicopedagógicas para los efectos del cumplimiento de la obligación de retribución. Para el cumplimiento de las obligaciones de retribución señaladas, se deberá cumplir con una jornada de trabajo mínima de 30 horas cronológicas semanales. 82. ¿Cuáles son las sanciones en caso que incumpliera las obligaciones asumidas en la beca? El Ministerio exigirá la restitución de la totalidad de los beneficios económicos entregados respecto de quienes sean eliminados, suspendan o abandonen sus programas sin causa justificada y calificada por esta Secretaría de Estado. También en el caso de quienes no cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de beneficiario establecidas en el presente instrumento o hayan alterado sus antecedentes o informes. De la misma forma, estos beneficiarios no podrán postular o participar en nuevas convocatorias que otorguen beneficios de formación establecidos del Ministerio que reglamenta la ejecución del Plan de Formación de Directores. 83. Si obtengo la Beca al Plan de Formación de Directores ¿Puedo luego postular a la beca Conicyt /Chile? Le sugerimos que revise las bases de las becas Conicyt para conocer sus requisitos de postulación, que difieren a los del Plan de Formación de Directores. Sin embargo, tenga en cuenta que usted debe retribuir la beca y cumplir ciertas obligaciones especificadas en las Bases de la Convocatoria del Plan de Formación de Directores. 84. Respecto a la retribución a la beca ¿Se puede realizar en el establecimiento educacional en que se está trabajando? Usted podrá postular, entre otras alternativas, al establecimiento educacional en el que actualmente está trabajando, siempre y cuando se realice por Concurso de la Alta Dirección Pública. Además, el establecimiento educacional debe estar regido por DFL N°2 de 1998 del Ministerio de Educación y por el Decreto Ley n°3166 de 1980. 85. ¿Qué se entiende por establecimientos educacionales por el DFL Nº2 de 1998 y por la ley Nº 3.166? Se refiere a los establecimientos que reciben subvención del Estado. 29 86. Si luego de postular al cargo de director, me adjudico el cargo ¿Debo postular dos veces más? En caso de que el postulante se adjudique el cargo de director en la primera postulación y acredite esta adjudicación, deberá ejercer en el cargo el tiempo estipulado para ello según las Bases de la Convocatoria al Plan de Formación de Directores. Si cumple con lo anterior, no deberá realizar dos procesos de postulación al cargo de director adicionales. 87. Si resulto ser beneficiario de la beca, y repruebo una asignatura o módulo dentro del programa, ¿se realizará el cobro de la totalidad del pagaré? La reprobación del programa implica el cobro total del pagaré. En caso de reprobar una asignatura o módulo, usted podrá solucionar su situación directamente con la institución dependiendo de las políticas que ésta tenga. Cualquier solución que implique modificar los plazos del programa establecidos en el convenio, debe necesariamente ser autorizado por el CPEIP. 30
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