PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA REPRESENTACIÓN DEL PRD ANTE EL INE Manual de Registro y Acreditación de Representantes ante la mesa directiva de Casilla y Generales Contenido Cuenta de Usuario .......................................................................................................................................... 3 NUMERO DE REPRESENTANTES A ACREDITAR ................................................................................. 3 REPRESENTANTES ANTE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA ....................................................................... 3 REPRESENTANTES GENERALES ....................................................................................................................... 4 DEL REGISTRO .............................................................................................................................................. 4 DE LOS REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE CASILLA O GENERAL.......................... 4 DE LA SUSTITUCIÓN DE REPRESENTANTES RECHAZADOS, ACREDITADOS ANTE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA Y GENERALES ............................................................................... 5 DATOS DE REGISTRO ................................................................................................................................. 5 REPRESENTANTE ANTE LA MESA DIRECTIVA DE CASILLA .............................................................................. 5 REPRESENTANTE GENERAL ............................................................................................................................ 5 PROCESO DE REGISTRO ........................................................................................................................... 6 ARCHIVO DE EXCEL ..................................................................................................................................... 6 PAGINA DE INTERNET SISTEMA DE ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES DE CASILLA DE PARTIDOS POLÍTICOS .......................................................................................................................... 9 DEL VOTO DE LOS REPRESENTANTES EN LAS CASILLAS (acatamiento de la resolución del TEPJF) ............................................................................................................................................................ 14 Recordatorio sobre utilización de vestimenta de color del partido y candidatos independientes ..... 17 Representante distrital: Antes de Seguir con la lectura de este manual asegúrate de haber recibido tú usuario y contraseña por parte de la junta distrital para el acceso al sistema de Acreditación de Representantes de Partidos Políticos. (Esta contraseña te la debieron entregar desde enero del año en curso de no ser así, habla con el vocal ejecutivo para solicitársela) Recuerda que la acreditación es por partido político NO por candidato. Por lo que te recomendamos que para el caso de casilla única los candidatos locales y federales se organicen para acreditar a un propietario para la elección local y un propietario para la elección federal Cuenta de Usuario Este es un Ejemplo de Cuenta que te debieron de haber entregado en la junta distrital NUMERO DE REPRESENTANTES A ACREDITAR REPRESENTANTES ANTE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA El acuerdo del Consejo General mediante alfanumérico INE/CG111/2015 para la acreditación de representantes de casillas estipula lo siguiente: 1. En las entidades federativas en las que únicamente se celebre elección federal de diputados por ambos principios, los partidos políticos y candidatos independientes podrán acreditar a dos representantes propietarios y un suplente ante cada mesa directiva de casilla. 2. En las entidades federativas en que se celebren elecciones locales concurrentes con la federal, los partidos políticos con registro nacional podrán acreditar a dos representantes propietarios y dos suplentes ante cada mesa directiva de casilla. 3. En las entidades federativas en que se celebren elecciones locales concurrentes con la federal, los candidatos independientes de la elección federal podrán acreditar a un representante propietario y un suplente ante cada mesa directiva de casilla. 4. En las entidades federativas en que se celebren elecciones locales concurrentes con la federal, los partidos políticos con registro estatal y candidatos independientes en las elecciones locales, podrán acreditar a un representante propietario y un suplente ante cada mesa directiva de casilla. REPRESENTANTES GENERALES 1. Los Partidos Políticos Nacionales, estatales y candidatos independientes para las elecciones tanto federales como locales, podrán acreditar un representante general por cada diez casillas electorales ubicadas en zonas urbanas y uno por cada cinco casillas rurales en cada Distrito electoral federal uninominal o en el ámbito territorial de su interés jurídico. 2. Los partidos políticos con registro nacional que participen en elecciones federales y/o locales, y los candidatos independientes a diputados federales, deberán efectuar la acreditación de sus representantes ante las Mesas Directivas de Casilla y generales a través de los Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral. 3. Los partidos políticos con registro estatal y candidatos independientes en elecciones locales deberán efectuar la acreditación de sus representantes ante los órganos competentes de los Organismos Públicos Locales conforme a la normatividad aplicable en las entidades federativas. DEL REGISTRO A partir del día siguiente al de la publicación de las listas de casilla y hasta trece días antes del día de la elección, los partidos políticos y los Candidatos Independientes deberán registrar en su propia documentación y ante el consejo distrital correspondiente, a sus representantes generales y de casilla. La documentación de que se trata deberá reunir los requisitos que establezca el Consejo General; DE LOS REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE CASILLA O GENERAL Ser Ciudadano de los Estados Unidos Mexicanos Encontrase inscrito en la lista Nominal del Instituto Nacional Electoral NO haber sido designados funcionarios de mesa directiva de casilla durante el actual Proceso Electoral. NO se encuentren inscritos en el padrón electoral con Credencial para Votar NO vigente. NO acreditados en el orden local, como representantes ante las casillas y generales; como observadores electorales; supervisores y capacitadores asistentes o representantes de otro partido político o candidato independiente. DE LA SUSTITUCIÓN DE REPRESENTANTES RECHAZADOS, ACREDITADOS ANTE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA Y GENERALES Los partidos políticos y los candidatos independientes podrán sustituir a sus representantes hasta con diez días de anterioridad a la fecha de la elección, es decir hasta el 28 de mayo de 2015, devolviendo con el nuevo nombramiento, el original del anterior, sujetándose a lo siguiente: Se hará mediante escrito firmado por el dirigente, candidato independiente, representante o funcionario facultado del partido político que haga el nombramiento; El oficio deberá acompañarse con una relación, en orden numérico de casillas, de los nombres de los representantes, propietarios y suplentes, señalando la clave de la credencial para votar de cada uno de ellos; Las solicitudes de registro que carezcan de alguno o algunos de los datos del representante ante las mesas directivas de casilla se regresarán al partido político o candidato independiente solicitante; para que dentro de los tres días siguientes subsane las omisiones, y Vencido el término a que se refiere el inciso anterior sin corregirse las omisiones, no se registrará el nombramiento. DATOS DE REGISTRO REPRESENTANTE ANTE LA MESA DIRECTIVA DE CASILLA Distrito Electoral Federal Cabecera Nombre Completo Del Representante Clave Electoral Domicilio Completo Cargo (PROPIETARIO O SUPLENTE) Mesa Directiva de Casilla (NUMERO Y TIPO) “Ejemplo 501 Básica” Sección Municipio o Delegación REPRESENTANTE GENERAL Distrito Electoral Federal Cabecera Entidad Federativa Nombre Completo Del Representante Clave Electoral Domicilio Completo PROCESO DE REGISTRO 1.- Capturar la base de Representantes ante la mesa directiva de casilla 2.- Capturar la base de Representantes de Casilla (uno por cada 10 casillas en zona urbana y 5 en zona rural). Deberás asegurarte que no incumplan los requisitos de elegibilidad 3.- Mediante Usuario y contraseña que se te proporciono en tu junta Distrital acceder al sistema de registro. De manera siguiente se presenta el esquema de registro, también podrás realizar la captura en el Sistema de Representantes de los Partidos Políticos ARCHIVO DE EXCEL PAGINA DE INTERNET SISTEMA DE ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES DE CASILLA DE PARTIDOS POLÍTICOS Para ingresar deberás accesar mediante tu navegador a la siguiente dirección: https://pef-gpo1.ine.mx/representantes2015 Deberás de Ingresar Usuario y Contraseña que te proporcionen en la Junta Distrital o Local de tu competencia Otra manera para ingresar al sistema será atraves del portal de intranet https://intranet.ife.org.mx/v4/ una vez ingresado usuario y contraseña te mostrara una pantalla como la siguiente en ella deberás de situar tu cursor en Herramientas Informáticas y después en Sistemas Informáticos Posterior a esto se mostrara una pantalla donde aparecerán los menús de las distintas direcciones la que nos ocupa será la de DEOE. Y daremos clic en Representantes de Partidos Políticos/Candidatos Independientes. En un plazo de 48 la junta distrital o local deberá de regresarte los formatos de acreditación de tus representantes con sello de la junta. De no darte una respuesta la junta distrital después del término establecido podrás solicitar a la junta local el registro de tus representantes. Una vez dentro del Sistema tendrás dos opciones Capturar Directamente en el Sistema de Acreditación de Representantes de Partidos Políticos o Usar plantilla Excel para posteriormente subir tus archivos ya capturados. Para el caso de la Administración de Representantes presentaremos las siguientes Pantallas En esta pantalla encontramos los siguientes Submenús dentro del Menú Administración de Representantes: I. Responsable del registro de representantes II. Registro de Representabtes III. Registro de listado .txt IV. Eliminar Representantes I. Responsable del registro de representantes. En este apartado solicita el INE un nombre de responsable que será el nombre del Representante ante la junta Distrital. II. Registro de Representantes. Con este Submenú se procederá al registro directo al Sistema para la acreditación de dichos Representantes tanto de casilla como Generales. Representantes Generales: Representantes de Casilla: Para estos apartados deberás de completar la información solicitada. III. Registro de listado .txt Como una segunda opción UNICOM creó archivos de Excel “.xlsm”, con el fin de facilitar lacaptura de los representantes de los partidos políticos como lo vimos en el punto de REGISTRO, Una vez concluida la captura. Se procede a la importación de la base en formato de texto plano “.txt”. Para estos deberás: Elegir el tipo de Representante que estas registrando ya sea General o ante la casilla Elegir el Archivo y Subirlo IV. Eliminar Representantes Para casos de que desees eliminar Representantes el sistema te lo permitirá. DEL VOTO DE LOS REPRESENTANTES EN LAS CASILLAS (acatamiento de la resolución del TEPJF e imposibilidad material) VOTO DE REPRESENTANTES EN CASILLA ÚNICA Y FEDERAL: El pasado 20 de mayo el INE declaró la imposibilidad material de acatar la sentencia SUP-RAP-119/2015 en la que limitaba el voto de los representantes a su territorio, por lo tanto, PARA EL CASO DE CASILLA ÚNICA Y CASILLA FEDERAL EL VOTO DE LOS REPRESENTENTANTES SERÁ CONFORME EL ACUERDO ORIGINALMENTE APROBADO POR EL INE INE/CG111/2015 QUE DICE LO SIGUIENTE: TERCERO. Los representantes de los partidos políticos con registro nacional o estatal, así como los representantes de los candidatos independientes para cargos de elección federal y local, sólo podrán sufragar en la casilla ante la cual se encuentren debidamente acreditados, para el tipo de elección que corresponda según el domicilio señalado en su credencial para votar y la ubicación de la casilla de acuerdo a los siguientes criterios: 1. Podrán votar por la elección de diputados federales por ambos principios. 2. Podrán votar sin restricción para elección de diputados locales y en su caso para gobernador, solamente cuando la sección de su domicilio se encuentre dentro de la entidad federativa. 3. Sólo podrán votar para las elecciones de autoridades municipales o jefes delegacionales en el Distrito Federal, los representantes cuyo domicilio se 27 encuentre dentro de la demarcación municipal o delegacional en la que se estén acreditados. Tipo de elección por la que puede votar un representante ante Mesa Directiva de Casilla única, tomando en consideración el domicilio señalado en la credencial para votar VOTO DE REPRESENTANTES EN CASILLA ESPECIAL: Mediante sentencia SUP-RAP-119/2015 del Tribunal Electoral el cuál modifica el acuerdo del Consejo General identificado como INE/CG113/2015, del cual surge la siguiente modificación. Los representantes de los partidos políticos con registro nacional y estatal, así como los representantes de candidatos independientes en las elecciones federales y locales ante las mesas directivas de las casillas especiales, podrán ejercer su derecho al sufragio conforme a los siguientes criterios: a. Podrán votar por la elección de diputados federales por ambos principios, siempre y cuando se encuentren dentro de su distrito electoral. Si el representante se encuentra fuera de su distrito, pero dentro de su entidad federativa, podrá votar por diputados por el principio de representación proporcional. Si el representante se encuentra fuera de su entidad federativa, pero dentro de su circunscripción, podrá votar por diputados por el principio de representación proporcional. b. Tratándose de casillas únicas de naturaleza especial, podrán votar por la elección de diputados locales por ambos principios siempre que se encuentre dentro de su distrito electoral, y para el caso de gobernador, solamente podrán hacerlo cuando la sección del domicilio señalado en su credencial para votar se encuentre dentro de la entidad federativa. Si el representante se encuentra fuera de su distrito local pero dentro de su circunscripción local podrá votar por la elección de diputados locales por el principio de representación proporcional. Si el representante no se encuentra dentro de su distrito local, ni de su circunscripción local, pero si dentro de su entidad federativa, sólo podrá votar para elegir gobernador. c. Sólo podrán votar para las elecciones de autoridades municipales o jefes delegacionales en el Distrito Federal, los representantes ante las mesas directivas de Casilla Especial única, cuyo domicilio señalado en su credencial para votar se encuentre dentro de la demarcación municipal o delegacional en la que estén acreditados. Tipo de elección por el que puede votar un representante ante Mesa Directiva de Casilla Única, tomando en consideración el domicilio señalado en la credencial para votar Elección Federal Si el elector se encuentra Puede votar por Diputados Federales Fuera de Pero dentro de Mayoría Relativa Representación Proporcional ________________ Distrito/ Entidad Circunscripción ✓ ✓ Distrito Entidad/ Circunscripción ____ ✓ Distrito/ Entidad Circunscripción ____ ✓ Distrito/ Entidad Circunscripción _________________ ____ ____ Tipo de elección por el que puede votar un representante ante Mesa Directiva de Casilla Única, tomando en consideración el domicilio señalado en la credencial para votar Elección Local Si el elector se encuentra Fuera de ________________ Municipio o Delegación/ Municipio o Delegación/Distrito Municipio o Delegación/Distrito/ Circunscripción Municipio o Delegación/Distrito/ Circunscripción/ Entidad Pero dentro de Municipio o Delegación/Distrito/ Circunscripción/ Entidad Distrito/Circunscripción/ Entidad Puede votar por Congreso Local/Asamblea Legislativa del D.F. Representación Mayoría Proporcional Relativa Autoridades municipales /Delegados Gobernador ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ __ ✓ ✓ __ ✓ Circunscripción/ Entidad Entidad __ __ __ ✓ ________________ __ __ __ __ Nota: Para cualquier aclaración respecto a este documento comunícate a la representación del Prd ante el Ine a los teléfonos: 56-28-46-42 (directo), 56-55-14-80 (fax) o al correo representación.prd.ine@gmail.com, también podrás visitarnos en el portal http://representacionprdine.com/portal. RECOMENDACIÓN: Te sugerimos que para identificar a aquellos ciudadanos que des de alta como representantes de casilla y que creas que más adelante vas a sustituir por cualquier causa, al final del nombre le pongas punto. Ejemplo: Padilla Zepeda Luis Alejandro. Recordatorio sobre utilización de vestimenta de color del partido y candidatos independientes Mediante acuerdo del consejo general INE-CG/111/2015, el consejo general se pronuncia sobre la prohibición del siguiente: Segundo. Los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes ante las mesas directivas de casilla y generales, podrán firmar sus nombramientos hasta antes de acreditarse en la casilla; EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL DEBERÁN ABSTENERSE DE USAR VESTIMENTA QUE CONTENGA LOS COLORES QUE IDENTIFIQUEN AL PARTIDO POLÍTICO O CANDIDATO INDEPENDIENTE QUE REPRESENTEN Y QUE HAYA SIDO UTILIZADO DURANTE LA CAMPAÑA ELECTORAL; asimismo, deberán portar en lugar visible durante todo la Jornada Electoral, un distintivo de hasta 2.5 por 2.5 centímetros, con el emblema del partido político al que pertenezcan o el emblema y/o nombre del candidato independiente al que representen y con la leyenda visible de "representante". La portación del distintivo referido en el párrafo anterior se limitará al interior de la casilla electoral, y no podrá usarse en las inmediaciones del local en que se ubique.
© Copyright 2024